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¿Quién presta prueba en un proceso penal?

Análisis jurídico: 1. Todos los casos de procesamiento público son competencia de la fiscalía. 2. El tribunal tiene competencia para investigar y reunir pruebas. Al reunir pruebas, el tribunal podrá notificar la presencia del abogado defensor o del fiscal. 3. El imputado no tiene obligación de probar su culpabilidad. Nadie puede ser obligado a demostrar su culpabilidad. El acusado se declara culpable voluntariamente. Si no hay otras pruebas, el tribunal no las aceptará. 4. El defensor y el imputado tienen derecho a aportar pruebas que acrediten la inocencia o el delito menor del imputado. 5. Los abogados pueden recopilar pruebas de unidades e individuos que voluntariamente proporcionen pruebas a los abogados, o pueden proporcionar pistas de pruebas y solicitar a los fiscales y jueces que recopilen pruebas. 6. En las causas de acusación particular, el estatuto del acusador es equivalente al del demandante y soporta la carga de la prueba de la culpabilidad del acusado. Si no se pueden aportar pruebas o no se aceptan las pruebas, se desistirá del caso.

Base jurídica: "Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China"

Artículo 41 El defensor considera que las pruebas recabadas por los órganos de seguridad pública y la Fiscalía Popular durante la investigación, El período de revisión y procesamiento demuestra que el sospechoso de un delito, si no se han presentado pruebas que demuestren la inocencia o el delito menor del acusado, tiene derecho a solicitar acceso a la Fiscalía Popular o al Tribunal Popular.

Artículo 43: Con el consentimiento de los testigos u otras unidades e individuos pertinentes, los abogados defensores podrán recopilar de ellos materiales relacionados con el caso, o solicitar a la Fiscalía Popular o al Tribunal Popular la recopilación y obtención de pruebas, o solicitar al Pueblo El tribunal notifica al testigo que comparezca ante el tribunal para testificar. Con el permiso de la Fiscalía Popular o del Tribunal Popular, y con el consentimiento de la víctima o de sus familiares cercanos, o de los testigos aportados por la víctima, el abogado defensor podrá recoger de ellos materiales relacionados con el caso.

Artículo 51 La carga de la prueba de la culpabilidad del acusado en los casos de acusación pública recaerá en la Fiscalía Popular, y la carga de la prueba de la culpabilidad del acusado en los casos de acusación privada correrá a cargo del fiscal privado.

Artículo 52: Los jueces, fiscales e investigadores deberán recolectar diversas pruebas que puedan probar la culpabilidad o inocencia de los sospechosos e imputados y la gravedad del delito de conformidad con los procedimientos legales. Está estrictamente prohibido utilizar la tortura para obtener confesiones y reunir pruebas mediante amenazas, instigaciones, engaños u otros métodos ilegales, y nadie podrá ser obligado a demostrar su culpabilidad. Es necesario garantizar que todos los ciudadanos que estén relacionados con el caso o conozcan el caso tengan las condiciones para aportar pruebas de manera objetiva y completa, salvo circunstancias especiales, que puedan ser contratados para ayudar en la investigación.