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¿Puede el imputado oponer objeción a la competencia de la Ley de Procedimiento Penal?

Subjetividad jurídica:

Se pueden plantear excepciones de competencia en procesos penales.

Artículo 26: "Los casos bajo la jurisdicción de varios tribunales populares del mismo nivel serán juzgados por el tribunal popular que acepte el caso en primer lugar. Si es necesario, podrá ser transferido al tribunal popular del lugar donde se cometió el delito principal para ser juzgado."

Artículo 27: “El Tribunal Popular de nivel superior podrá designar un Tribunal Popular de nivel inferior para juzgar casos sobre cuya competencia no esté clara, y también podrá designar un Tribunal Popular de nivel inferior para transferir el caso a otros Tribunales Populares para su juicio”.

Además, según el Tribunal Popular Supremo Según la "Interpretación de la Solicitud del Tribunal Popular" y "El Tribunal Popular "Reglas de la conferencia previa al juicio para el manejo de casos penales (juicio) del Tribunal", el acusado y su abogado defensor pueden plantear objeciones jurisdiccionales en la etapa de la conferencia previa al juicio, pero deben explicar los motivos. Además, en la experiencia real en el manejo de casos, si tienen objeciones a la jurisdicción del caso, se comunicarán activamente con la agencia que maneja el caso. En segundo lugar, de acuerdo con el "Reglamento sobre la tramitación de causas penales por los tribunales populares (juicio)", el organismo encargado de la causa examinará las objeciones a la competencia planteadas por el acusado o su abogado defensor. Si se establece la objeción, será devuelta a la Fiscalía Popular o trasladada al Tribunal Popular competente de conformidad con la ley; si se considera inadecuado que este tribunal ejerza jurisdicción, podrá solicitarlo al Tribunal Popular inmediatamente superior; nivel para manejar el asunto. Si el tribunal popular determina que la objeción es insostenible después de la revisión, la rechazará de conformidad con la ley.

Objetividad Jurídica:

El artículo 127 de la "Ley de Procedimiento Civil" estipula que después de que el Tribunal Popular acepte un caso, si las partes tienen objeciones a la competencia, deberán presentar una declaración. de defensa planteados durante el período. El Tribunal Popular revisará las objeciones planteadas por las partes. Si se estima la objeción, se ordenará el traslado del caso al tribunal popular competente; si no se estima la objeción, se desestimará el caso. Si las partes no plantean objeciones a la competencia y responden a la demanda, se considerará competente el Tribunal Popular objeto de la demanda, salvo violación de las disposiciones de competencia jerárquica y competencia exclusiva.