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¿No puedo firmar la denuncia penal?

No puedo firmar la acusación penal, pero debo firmarla. Las apelaciones penales se refieren a apelaciones contra las decisiones de manejo penal tomadas por la Fiscalía Popular al final del litigio y las sentencias y fallos penales legalmente efectivos del Tribunal Popular (incluidas sentencias y fallos penales y civiles). Los calificados como sujetos de querella penal son las partes en la causa original, pudiendo también representar a las partes en la querella sus representantes legales y familiares cercanos los abogados encargados;

Base Legal

Artículo 252 de la “Ley de Procedimiento Penal” Las partes, sus representantes legales y sus parientes cercanos podrán presentar al pueblo una sentencia o fallo con eficacia jurídica al tribunal o. la Fiscalía Popular interpone recurso de apelación, pero no se puede suspender la ejecución de la sentencia o fallo. Artículo 253 Si la denuncia presentada por las partes, sus representantes legales o familiares cercanos reúne alguna de las siguientes circunstancias, el tribunal popular la volverá a conocer: (1) Hay nueva prueba que demuestra que los hechos determinados en la sentencia o fallo original son de hecho es incorrecto y puede afectar la condena y la sentencia (2) las pruebas en las que se basa la condena y la sentencia son inexactas e insuficientes y deben excluirse de conformidad con la ley, o existe una contradicción entre las principales pruebas a probar; los hechos del caso (3) La sentencia o fallo original es efectivamente incorrecto en la aplicación de la ley (4) Violación de los procedimientos legales, que pueden afectar un juicio justo (5) Los jueces incurren en corrupción, soborno o mala práctica; beneficio personal o abuso de la ley.