Artículo 224 de la Ley Penal
El artículo 224 de la Ley Penal está relacionado con el delito de fraude contractual.
1. Definición y elementos constitutivos del delito de fraude contractual
El delito de fraude contractual se refiere al hecho de que el autor, por propósito de posesión ilegal, fabrica hechos, oculta la verdad, utiliza documentos de certificación falsos y otros medios para defraudar a la otra parte de la propiedad, y la cantidad es relativamente grande o existen otras circunstancias graves. Los principales elementos de este delito incluyen: primero, el propósito subjetivo de la posesión ilegal; segundo, engaño durante la firma y ejecución del contrato, tercero, defraudar a la otra parte en bienes, y el monto es relativamente grande o existen otras circunstancias graves; .
2. Manifestaciones comunes del delito de fraude contractual
El delito de fraude contractual adopta muchas formas en la práctica. Los más comunes incluyen: unidades ficticias o firmar contratos falsamente en nombre de otros; usar facturas falsificadas, alteradas, invalidadas u otros certificados de derechos de propiedad falsos como garantías; no tener capacidad real para ejecutar, ejecutar contratos por montos pequeños o ejecutar contratos parcialmente primero; Inducir a la otra parte a continuar firmando y ejecutando el contrato; aceptar bienes, pagos, pagos por adelantado o bienes garantizados de la otra parte y luego ocultarlos y otros actos de defraudación de bienes a la otra parte durante la firma y ejecución del contrato; contrato con fines de posesión ilegal.
3. Responsabilidad jurídica por el delito de fraude contractual
Según el artículo 224 de la Ley Penal, quien cometa el delito de fraude contractual será sancionado con pena privativa de libertad de hasta no más de tres años o prisión penal, y se le impondrá una multa simultánea o única si la cantidad es elevada o concurren otras circunstancias graves, será condenado a una pena de prisión no inferior a tres años ni superior a ella; diez años, y también será multado si la cantidad es especialmente elevada o concurren otras circunstancias especialmente graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de diez años o cadena perpetua y también será multado o confiscado de bienes; . Al mismo tiempo, los bienes obtenidos mediante delitos deben recuperarse o ordenarse su devolución como compensación.
IV. Sugerencias para prevenir el fraude contractual
Para prevenir el fraude contractual, se recomienda tomar las siguientes medidas: Primero, fortalecer la revisión del contrato para garantizar que el contenido del contrato sea veraz. , legal y eficaz; en segundo lugar, aumentar la vigilancia, prestar atención a la identificación de información falsa y fraude, en tercer lugar, establecer y mejorar los sistemas de gestión internos, estandarizar el proceso de firma y ejecución de contratos, fortalecer la conciencia jurídica y la educación sobre riesgos; capacidad para prevenir el fraude contractual.
En resumen:
El delito de fraude contractual previsto en el artículo 224 de la Ley Penal es un delito económico grave que causa gran daño al orden social y económico y a los legítimos derechos y intereses de las partes. Por lo tanto, debemos tener una comprensión profunda de los elementos constitutivos y manifestaciones del delito de fraude contractual, fortalecer la conciencia de prevención y tomar medidas efectivas para prevenir y combatir el fraude contractual.
Base jurídica:
"Derecho Penal de la República Popular China"
Artículo 224:
En cualquiera de las siguientes circunstancias , quien defraude a la otra parte en bienes durante la firma y ejecución de un contrato con el propósito de posesión ilegal, y la cantidad sea relativamente grande, será condenado a pena de prisión de no más de tres años o prisión penal, y será También o únicamente será multado si la cantidad es elevada o si hubiere otras circunstancias graves, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también será multado; la cantidad es particularmente grande o concurren otras circunstancias particularmente graves, el infractor será condenado a pena de prisión de no menos de diez años o cadena perpetua, y también se le impondrá una multa o se le confiscarán bienes:
( 1) Firmar un contrato con una unidad ficticia o a nombre de otra persona;
(2) Utilizar billetes falsificados, alterados, invalidados u otros certificados de derechos de propiedad falsos como garantía;
(3) Sin la capacidad real de cumplimiento, la otra parte es engañada para que continúe firmando y ejecutando el contrato ejecutando primero un contrato de pequeña cantidad o ejecutando parcialmente el contrato;
(4) Aceptar a la otra parte Los bienes de la parte, el pago de los bienes, el pago por adelantado o la propiedad garantizada se ocultan posteriormente;
(5) Utilizar otros métodos para defraudar la propiedad de la otra parte.