Partes en casos penales

Subjetividad jurídica:

¿Existen requisitos para el alcance de los clientes en casos penales? Gracias a sus conocimientos jurídicos profesionales, los abogados pueden brindar la asistencia jurídica correspondiente a los sospechosos o acusados ​​de delitos y a sus familiares o a las víctimas y sus agentes en casos penales. Los principales grupos de personas a las que se puede confiar abogados en casos penales son: (1) Defensa penal: 1. El propio sospechoso o acusado penal 2. El representante legal del sospechoso penal o acusado ("representante legal" se refiere al abogado del cliente; representante). Padres, padres adoptivos, tutores y representantes de agencias y organizaciones responsables de la protección); hermanas); 4. Persona encargada por el sospechoso o acusado; 5. Designada por el Tribunal Popular; (2) Representación penal: ¿Quién puede confiar a un abogado la representación de la víctima? 1. La propia víctima; 2. El representante legal de la víctima; 3. Los familiares cercanos de la víctima; 4. Las partes en el litigio civil incidental y sus representantes legales; 5. Los fiscales particulares y sus representantes legales en las causas particulares; (3) Denuncia penal: ¿Quién puede confiar a un abogado la presentación de una denuncia? 1. Sospechoso de un delito; 2. Acusado; 3. Representante legal del sospechoso de un delito y del acusado; 4. Familiares cercanos del sospechoso de un delito y del acusado; Las anteriores son las respuestas a estas preguntas, espero que te sean útiles. Si necesita ayuda a este respecto, el sitio web ofrece servicios de consulta de abogados en línea y puede realizar consultas legales.

Objetividad jurídica:

Artículo 33 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: Además de ejercer el derecho de defensa, los sospechosos e imputados también podrán encomendar a una o dos personas como defensores. Podrán encomendarse como defensores a las siguientes personas: (1) Abogados; (2) Personas recomendadas por las organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o acusado; (3) Tutores, familiares y amigos del sospechoso o acusado; No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido condenadas a pena penal o privadas o restringidas de su libertad personal conforme a la ley. No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido destituidas de cargos públicos o cuyo título de ejercicio de abogado o notario haya sido revocado, salvo los tutores o familiares cercanos de los sospechosos o procesados.