¿Los testigos en casos penales no pueden comparecer ante el tribunal?
No es necesario que comparezca ante el tribunal en busca de un testigo que la acusación o la defensa considere innecesario. No es necesario que comparezca ante el tribunal en el juicio. El abogado defensor notifica a los testigos que comparecen ante el tribunal popular y puede decidir si comparece ante el tribunal. Los cónyuges, padres e hijos de acusados penales pueden negarse a comparecer ante el tribunal, incluso a petición del tribunal. Los testigos que se nieguen a comparecer podrán ser amonestados, detenidos u obligados a comparecer. Artículo 187 de la Ley de Procedimiento Penal: Si el Ministerio Público, las partes, sus defensores y los agentes ad litem tienen objeciones al testimonio del testigo, y el testimonio del testigo tiene un impacto significativo en la condena y sentencia del caso, y en la opinión del pueblo. El tribunal considera necesario que el testigo comparezca ante el tribunal para declarar, el testigo deberá testificar ante el tribunal. Artículo 188 Si un testigo no comparece ante el tribunal para declarar sin motivos justificables después de haber sido notificado por el Tribunal Popular, el Tribunal Popular podrá obligarlo a comparecer ante el tribunal, excepto el cónyuge, los padres y los hijos del acusado. Si un testigo se niega a comparecer ante el tribunal sin motivos justificables o se niega a declarar después de comparecer ante el tribunal, será amonestado. Si las circunstancias son graves, será detenido por no más de diez días con la aprobación del decano.
Objetividad jurídica:
Artículo 62 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: Quien conoce las circunstancias del caso tiene la obligación de declarar. Una persona que sea física o mentalmente deficiente o que sea joven y no pueda distinguir el bien del mal o expresarse correctamente no puede ser testigo. Artículo 193: Si un testigo no comparece ante el tribunal para declarar sin motivos justificables después de haber sido notificado por el Tribunal Popular, el Tribunal Popular podrá obligarlo a comparecer ante el tribunal, excepto el cónyuge, los padres y los hijos del acusado.