¿Qué debo hacer si no contrato a un abogado en un caso penal?
1. En las causas penales, el imputado puede defenderse por sí mismo o ser designado por la autoridad judicial sin abogado defensor;
2. la Ley de Procedimiento Penal Estipula que durante la etapa de revisión y enjuiciamiento de la Fiscalía Popular y la etapa de juicio del Tribunal Popular, los sospechosos de haber cometido un delito podrán confiar a un tercero la defensa. Existen dos formas para que los sospechosos de un delito ejerzan su derecho a la defensa en un proceso penal, una es la legítima defensa y la otra es la defensa encomendada. Bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, el tribunal popular podrá designar un defensor para el acusado:
(1) Cumple con los estándares de dificultad financiera estipulados por el gobierno local;
(2) El la persona realmente no tiene recursos económicos, la situación financiera de la familia no se puede determinar;
(3) La persona realmente no tiene recursos económicos y la familia todavía no está dispuesta a pagar los honorarios del abogado defensor después de repetidas persuasiones;
(4)* **En la misma causa penal, otros imputados han designado defensores;
(5) Tener nacionalidad extranjera;
(6) Casos con impacto social significativo;
(7) El tribunal popular cree que las opiniones de la fiscalía y los materiales de evidencia del caso recopilados pueden afectar la condena y sentencia correctas.
Base jurídica: Artículo 33 de la Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China.
Además de ejercer el derecho a defenderse, los sospechosos e imputados de un delito podrán confiar la defensa a una o dos personas. Se pueden encomendar como defensores a las siguientes personas:
(1) Abogados;
(2) Personas recomendadas por organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o imputado;
(3) Tutores, familiares y amigos de sospechosos e imputados de delitos.
No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido condenadas a pena o privadas o restringidas de su libertad personal de conformidad con la ley.
No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido destituidas de cargos públicos o cuyo título de ejercicio de abogado o notario haya sido revocado, salvo los tutores o parientes próximos de los sospechosos o imputados.