¿Puedo presentar una demanda con un abogado fuera de la ciudad?
1. El artículo 58 de la “Ley de Enjuiciamiento Civil” establece que las partes y sus representantes legales podrán encomendar a una o dos personas la calidad de agentes litigantes.
Las siguientes personas pueden ser encomendadas como agentes litigantes:
(1) Abogados y trabajadores de servicios jurídicos de base;
(2) Familiares cercanos de las partes o Personal;
(3) Ciudadanos recomendados por la comunidad, unidad y grupos sociales relevantes donde se encuentran las partes.
2. Artículo 33 de la “Ley de Procedimiento Penal”: Además de ejercer el derecho a defenderse, los sospechosos e imputados podrán confiar en una o dos personas como defensores. Se pueden encomendar como defensores a las siguientes personas:
(1) Abogados;
(2) Personas recomendadas por organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o imputado;
(3) Tutores, familiares y amigos de sospechosos e imputados de delitos.
No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido condenadas a pena o privadas o restringidas de su libertad personal de conformidad con la ley.
No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido destituidas de cargos públicos o cuyo título de ejercicio de abogado o notario haya sido revocado, salvo los tutores o parientes próximos de los sospechosos o imputados.
3. Artículo 31 de la “Ley de lo Contencioso Administrativo”
Las partes y sus representantes legales podrán encomendar a una o dos personas como agentes litigantes. Las siguientes personas pueden ser confiadas como agentes litigantes:
(1) Abogados y trabajadores de servicios jurídicos de base;?
(2) ¿Familiares cercanos o personal de los interesados;?
(3) Ciudadanos recomendados por la comunidad, unidad y grupos sociales relevantes donde se ubica el partido.
Datos ampliados
Características de los agentes litigantes:
1. Realizar actividades litigiosas en nombre del cliente. El propósito de la agencia de litigio es salvaguardar los derechos e intereses legítimos del mandante, por lo que el litigio sólo puede llevarse a cabo en nombre del mandante y no en nombre propio.
2. Un agente contencioso es una persona con capacidad jurídica. Una persona sin capacidad litigante no puede actuar como agente litigante. En un proceso, el agente litigante pierde su capacidad para llevar a cabo un litigio, es decir, pierde sus calificaciones como agente litigante.
3. Litigio dentro de la competencia del agente. La facultad de agencia del agente contencioso proviene de disposiciones legales o de la autorización de las partes. Cualquier litigio más allá del alcance de la autorización es inválido y no puede tener el efecto de ley procesal.
4. Las consecuencias jurídicas de la representación litigiosa correrán a cargo del cliente.
5. No se puede representar a ambas partes en un mismo pleito. En un litigio, los intereses de ambas partes son opuestos. Actuar como agente de ambas partes al mismo tiempo puede perjudicar los intereses de una de ellas.
Enciclopedia Baidu-Agente de litigios