Red de conocimiento del abogados - Consultar a un abogado - ¿Acerca de la infracción de puertas?

¿Acerca de la infracción de puertas?

Hola, si constituye una infracción depende de las circunstancias específicas.

En primer lugar, ¿el contenido de la solicitud para unirse a la empresa (es decir, la puerta) es el mismo o coherente con el contenido de su negocio? Independientemente de si están en la misma industria, si no están en la misma industria o son iguales o similares, no constituye infracción y no requiere ninguna responsabilidad por infracción.

En segundo lugar, si puede demostrar que el método que utilizó fue publicidad y que el encabezado de la puerta lo dejó su jefe anterior, se puede demostrar que no utilizó el encabezado de la puerta de la otra parte de manera subjetiva y maliciosa, y no existe ningún hecho de infracción. No se requiere responsabilidad por infracción.