Doce años de empresa

1. De acuerdo con las disposiciones pertinentes de la "Ley de Contrato de Trabajo" y la "Ley de Seguro Social", el empleado tiene derecho a establecer una relación laboral con el empleado, celebrar un contrato de trabajo y pagar la seguridad social en el plazo de un mes. a partir de la fecha de empleo, y también son obligaciones unitarias del derecho del empleador. Si un empleador no firma un contrato laboral ni participa en el seguro de pensiones, viola las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo y la Ley de Seguro Social. Puede rescindir el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, 46 y 47 de la Ley de Contrato de Trabajo (es decir, artículo 38: Si el empleador tiene una de las siguientes circunstancias: (3) Falta de pago de las primas del seguro social por empleados de conformidad con la ley;...Artículo 46 Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, el empleador deberá pagar una compensación económica al empleado: (1) El empleado deberá cumplir con el artículo 38 de esta Ley El contrato de trabajo se rescinde de acuerdo con las disposiciones del reglamento ................................................ ................................................. ................ .................................. ................................. ................... .......... Si es mayor a seis meses pero menor a un año, se computará como un año; si es menor a un año Por seis meses, se deberá compensar económicamente medio mes de salario; pagar a los trabajadores................................. ................ ................................................. ................................................. ................ .....

1. Se pagará una compensación económica por cada año completo

2. la duración de la relación laboral. Seguridad social pagada.

3. Si no firmas contrato laboral, puedes pagar hasta 65438 + 2 meses de salario doble (tenga en cuenta que es de un año). límite)

Dos. Al establecer derechos e intereses legítimos, se deben recopilar y conservar pruebas pertinentes para demostrar la existencia de una relación laboral. Los detalles se pueden encontrar en el "Aviso del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales". Seguridad en el Establecimiento de las Relaciones Laborales” (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social [2005] No. 12, 25 de mayo de 2005). Se estipula en “2. que existe relación laboral entre ambas partes, podrá referirse a los siguientes documentos:

(1) Comprobante o constancia de pago (planilla de salarios), cada uno Estado de pago de las primas del seguro social;

(2) "Certificado de Trabajo", "Certificado de Servicio" y otros documentos que puedan acreditar la identidad emitidos por el empleador al empleado;

(3) Empleados completados "Formulario de Registro", "Solicitud Formulario" y otros registros laborales;

(4) Registros de asistencia;

(5) Testimonios de otros trabajadores, etc.

Entre ellos, los documentos pertinentes. en los puntos (1), (3) y (4) corren a cargo del contratista.

Puede confiar en (2) el "Permiso de Trabajo" y el "Permiso de Trabajo" emitido por el empleador al empleado. "Certificado de servicio" y otros documentos que pueden probar su identidad (no limitados a este artículo) proporcionan materiales laborales. Por supuesto, cuanta más evidencia, mejor

En tercer lugar, se recomienda negociar con la unidad. primero. Si la negociación fracasa, proporcione materiales que prueben la relación laboral y envíelos al departamento de inspección laboral y al departamento de arbitraje laboral para el arbitraje laboral, o le recomendamos que presente una demanda directamente ante el tribunal popular local para hacer valer sus derechos e intereses.