¿El uso previo de una marca registrada constituye una infracción?
No constituye infracción. Antes de la fecha de solicitud de una marca registrada, si una marca idéntica o similar a la marca registrada ha sido utilizada de buena fe y de manera continua en los productos o servicios o bienes o servicios similares para los cuales está registrada la marca, el usuario de la la marca tiene derecho a seguir utilizando los bienes o servicios originales o el proveedor de servicios utiliza la marca. Si dos o más solicitantes de registro de marca solicitan el registro de la misma o similar marca sobre productos iguales o similares, se revisará preliminarmente y se anunciará la marca que solicitó primero, si la solicitud se realiza el mismo día, la marca que solicitó; La marca que se solicitó primero será revisada y anunciada preliminarmente. Si utiliza una marca anterior, las solicitudes de otras personas serán rechazadas y no se hará ningún anuncio.
Base Legal
Artículo 31 de la “Ley de Marcas”
Dos o más solicitantes de registro de marca podrán registrar marcas sobre productos iguales o similares, si lo hacen. solicitar registro con una marca idéntica o similar, se revisará y anunciará preliminarmente la marca que se solicitó primero, y si solicita el mismo día, se revisará y anunciará preliminarmente la marca que se utilizó por primera vez, y las solicitudes de otras; será rechazada y no será anunciada.