¿De quién es el software que se desarrolla en colaboración entre los empleados y la empresa?
2. Para las obras de software desarrolladas por empleados que utilizan principalmente las condiciones materiales y técnicas de la empresa para realizar sus tareas laborales, el autor tiene el derecho de autoría, y las demás obras son propiedad de la empresa. El autor tiene derecho a autorizar trabajos de software que no se desarrollen utilizando los recursos materiales y técnicos de la empresa, pero la empresa tiene derecho a un uso prioritario dentro de su ámbito empresarial.
2. Las obras de software desarrolladas bajo los auspicios de la empresa, creadas por voluntad de la empresa, y de las que la empresa es responsable gozarán de derechos de autor.
Ley de Derecho de Autor
Artículo 11 Los derechos de autor pertenecen al autor, salvo disposición en contrario de esta ley.
El ciudadano que crea la obra es el autor.
Se consideran autores las obras alojadas, creadas en nombre de y de las cuales la persona jurídica u otra organización es responsable.
Salvo prueba en contrario, el firmante será el ciudadano, persona jurídica u otra organización.
Artículo 16 Las obras creadas por ciudadanos para realizar las tareas de una persona jurídica u otra organización son obras profesionales. Salvo las circunstancias especificadas en el párrafo 2 de este artículo, los derechos de autor pertenecen al autor, pero las personas jurídicas u otras organizaciones tienen derecho a un uso prioritario dentro del ámbito de su actividad comercial. Dentro de los dos años siguientes a la finalización de la obra, sin el consentimiento de la unidad, el autor no permitirá que un tercero utilice la obra de la misma manera que la unidad utiliza la obra.
En cualquiera de las siguientes circunstancias, el autor disfruta del derecho de autoría, y otros derechos de autor son disfrutados por personas jurídicas u otras organizaciones, que pueden recompensar al autor:
( 1) dibujos de diseño de ingeniería, dibujos de diseño de productos, mapas, software de computadora y otros trabajos profesionales que se crean principalmente utilizando las condiciones materiales y técnicas de una persona jurídica u otra organización y son responsabilidad de la persona jurídica u otra organización;
(2) Actuar como personas jurídicas, administrativas Las personas jurídicas u otras organizaciones tienen derecho a derechos de autor según lo estipulado en los reglamentos o contratos.