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¿Cuáles son los contratos cuya validez aún está por determinar?

Son de validez indeterminada los siguientes tipos de contratos:

1. Contratos celebrados por personas sin capacidad para conducta civil

Además de determinados contratos celebrados por personas sin capacidad para conducta civil, salvo los contratos menores de la vida cotidiana que sean propios de su edad, los demás contratos deberán ser celebrados por sus representantes legales.

2. El contrato celebrado por persona con capacidad limitada.

La ley china estipula que las personas con capacidad de conducta limitada pueden realizar ciertos actos civiles apropiados a su edad, inteligencia y salud. Otras actividades civiles deberán ser realizadas por un agente legal o con el consentimiento de un agente legal. .

3. El contrato celebrado en nombre del mandante sin mandatario.

Tratándose de un contrato celebrado por una persona sin mandatario, el artículo 48 de la Ley de Contratos establece claramente que se trata de un contrato cuya validez está aún por determinar. Un acto sin autoridad puede no producir en absoluto las consecuencias jurídicas de la agencia debido a ciertos hechos jurídicos que ocurren después de que se completa el acto.

4. Contrato que se celebra cuando una persona sin derecho a disponer de bienes dispone de bienes ajenos.

Enajenación sin derecho significa que una persona sin derecho a disponer de un bien dispone sin autorización de bienes ajenos en nombre propio. Según lo dispuesto en la Nueva Ley de Contratos, la eficacia del acto de disponer sin derecho a disponer depende de si el obligante lo ratifica o el enajenante obtiene el derecho a disponer.

Base jurídica:

Código Civil

Artículo 22

Los adultos que no puedan identificar plenamente su propio comportamiento están sujetos a restricciones civiles. Una persona con capacidad para realizar actos jurídicos civiles deberá estar representado por su apoderado legal o con el consentimiento o ratificación de su apoderado legal, sin embargo, podrá realizar de manera independiente actos jurídicos civiles que sean únicamente con fines de lucro o que sean acordes a su inteligencia y mental; salud.

Artículo 171

Si el actor no tiene poder de agencia, se excede en la autoridad de agencia, o después de extinguido el poder de agencia, aún realiza actos de agencia sin ratificación por el mandante, será responsable ante el mandante no tendrá ningún efecto. La contraparte podrá instar al comitente para que lo ratifique dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de la notificación. Si el mandante no hace ninguna manifestación, se considerará como una negativa a ratificar. Antes de que se ratifique el acto realizado por el actor, la contraparte de buena fe tiene derecho a revocarlo. La cancelación se realizará mediante notificación. Si el acto realizado por el actor no ha sido ratificado, la contraparte de buena fe tiene derecho a exigir del actor el cumplimiento de la deuda o a pedirle una indemnización por el daño sufrido. Sin embargo, el alcance de la compensación no excederá los beneficios que la contraparte pueda obtener al ser ratificada por el agente.