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¿Cuáles son los derechos y obligaciones de un abogado defensor penal?

Hola, Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China.

Capítulo 4 Defensa y Representación

Artículo 32 Además de ejercer el derecho de defensa, los sospechosos e imputados también podrán confiar en una o dos personas como defensores. Se pueden encomendar como defensores a las siguientes personas:

(1) Abogados;

(2) Personas recomendadas por organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o imputado;

(3) Tutores, familiares y amigos de sospechosos e imputados de delitos.

No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido condenadas a pena o privadas o restringidas de su libertad personal de conformidad con la ley.

Artículo 33: El sospechoso de un delito tiene derecho a confiar un defensor desde el primer día del interrogatorio o de las medidas obligatorias adoptadas por el organismo de investigación. Durante la investigación, sólo se puede confiar la defensa a abogados. El acusado tiene derecho a confiar un defensor en cualquier momento.

Al interrogar a un sospechoso de un delito o tomar medidas coercitivas contra él por primera vez, el organismo de investigación le informará del derecho a confiarle un defensor. La Fiscalía Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de los materiales del caso transferidos para su revisión y enjuiciamiento, informará al sospechoso de un delito sobre su derecho a confiar un defensor. El Tribunal Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de aceptación del caso, notificará al imputado su derecho a confiar un defensor. Si un sospechoso o acusado de un delito solicita que se le encomiende un defensor mientras se encuentra bajo custodia, el tribunal popular, la fiscalía popular y los órganos de seguridad pública comunicarán sin demora la solicitud.

Si un sospechoso o acusado de un delito se encuentra detenido, su tutor o pariente cercano también podrá confiarle un defensor.

Después de aceptar la encomienda de un sospechoso o acusado de un delito, el defensor deberá notificar de inmediato a la agencia que maneja el caso.

Artículo 34 Si un sospechoso o acusado de un delito no logra contratar a un defensor debido a dificultades financieras u otras razones, él o sus familiares cercanos pueden solicitar asistencia jurídica a una agencia. Para quienes reúnan las condiciones para recibir asistencia jurídica gratuita, la institución de asistencia jurídica designará un abogado para defenderlos.

Si el sospechoso o acusado es ciego, sordo, mudo o un enfermo mental que no ha perdido por completo la capacidad de reconocer o controlar su propio comportamiento y no ha confiado un defensor, el tribunal popular, la fiscalía popular y los órganos de seguridad pública notificarán a la asistencia jurídica. La agencia está representada por su abogado designado.

Si un sospechoso o acusado de un delito puede ser condenado a cadena perpetua o a muerte sin designar un defensor, el Tribunal Popular, la Fiscalía Popular y la Oficina de Seguridad Pública notificarán a la agencia de asistencia jurídica para que nombre un abogado para defenderlo. .

Artículo 35 El defensor deberá, con base en los hechos y en el derecho, presentar materiales y opiniones sobre si el sospechoso o imputado es inocente, el delito es menor o la responsabilidad penal está reducida o eximida, y salvaguardará el sospechoso o acusado de un delito, los derechos de litigio y otros derechos e intereses legítimos.

Artículo 36 Los abogados defensores pueden brindar asistencia jurídica a los sospechosos de delitos durante la investigación; representarlos en apelaciones y acusaciones; solicitar cambios en las medidas obligatorias e investigar ante los organismos de investigación sobre los delitos de los que se sospecha; y asuntos relacionados con la situación y brindar opiniones.

Artículo 37: Los abogados defensores podrán reunirse y comunicarse con los presuntos delincuentes y los imputados bajo custodia. Otros defensores también pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia con el permiso del Tribunal Popular y la Fiscalía Popular.

Si un abogado defensor solicita reunirse con un sospechoso de un delito detenido o acusado con un certificado de ejercicio de abogado, un certificado de bufete de abogados, un poder o una carta de asistencia jurídica, el centro de detención deberá organizar la reunión en el momento oportuno. manera, a más tardar 48 horas.

En casos de delitos que ponen en peligro la seguridad nacional, actividades terroristas y, en particular, delitos graves de soborno, los abogados defensores deben obtener permiso de la agencia de investigación para reunirse con los sospechosos de delitos bajo custodia durante la investigación. El organismo de investigación notificará al centro de detención con antelación la situación anterior.

Los abogados defensores se reúnen con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia para conocer el caso y brindarles asesoramiento legal. A partir de la fecha en que el caso se transfiere para su revisión y enjuiciamiento, se pueden verificar las pruebas pertinentes con el sospechoso o acusado del delito. Los abogados defensores no están sujetos a vigilancia cuando se reúnen con sospechosos y acusados ​​de delitos.

Las disposiciones de los apartados 1, 3 y 4 se aplicarán a las reuniones y comunicaciones entre los abogados defensores y los sospechosos y acusados ​​de delitos que se encuentren bajo vigilancia domiciliaria.

Artículo 38 A partir de la fecha de revisión del proceso por la Fiscalía Popular, los abogados defensores podrán revisar, extraer y copiar el material del expediente. Otros defensores también pueden consultar, extraer y copiar los materiales antes mencionados con el permiso del Tribunal Popular o de la Fiscalía Popular.

Artículo 39: Si el defensor considera que las pruebas y materiales recabados por los órganos de seguridad pública y la Fiscalía Popular durante el período de investigación, revisión y procesamiento demuestran la inocencia del sospechoso o imputado o del delito menor. del delito no han sido presentados, el defensor tiene derecho a presentarlo ante el pueblo. La Fiscalía y el Tribunal Popular solicitan su traslado.

Artículo 40 El defensor deberá notificar con prontitud a los órganos de seguridad pública y a la Fiscalía Popular las pruebas de que el sospechoso no se encuentra en el lugar del crimen, no ha alcanzado la edad de responsabilidad penal y es un enfermo mental. quien no es penalmente responsable según la ley.

Artículo 41 Con el consentimiento de los testigos u otras unidades e individuos pertinentes, los abogados defensores podrán recopilar de ellos materiales relacionados con el caso, o solicitar a la Fiscalía Popular o al Tribunal Popular la recopilación y obtención de pruebas, o solicitar al Pueblo El tribunal notifica al testigo que comparezca ante el tribunal para testificar.

Con el permiso de la Fiscalía Popular o del Tribunal Popular, y con el consentimiento de la víctima o de sus familiares cercanos o de los testigos aportados por la víctima, el abogado defensor podrá recoger de ellos materiales relacionados con el caso. .

Artículo 42: Los defensores u otras personas no ayudarán a los sospechosos o acusados ​​de delitos a ocultar, destruir, falsificar pruebas o confabularse para obtener confesiones, y no amenazarán ni inducirán a los testigos a cometer perjurio ni a participar en otros actos que obstruyan la justicia. actas.

Quien viole lo dispuesto en el párrafo anterior será considerado legalmente responsable de conformidad con la ley. Si el defensor es sospechoso de haber cometido un delito, el caso será manejado por un organismo de investigación distinto del organismo de investigación donde el defensor manejó el caso. Si el defensor fuera abogado, deberá comunicarlo prontamente a su despacho o al colegio de abogados al que pertenezca.

Artículo 43 Durante el juicio, el imputado podrá negarse al defensor a continuar defendiéndolo, o podrá encomendar la defensa a otro defensor.

Artículo 44: Las víctimas de procesos públicos y sus representantes legales o familiares cercanos, las partes en procesos civiles adjuntos y sus representantes legales tienen derecho a encomendar agentes litigantes a partir de la fecha en que el caso sea transferido para su revisión y procesamiento. . gente. Los fiscales privados y sus representantes legales en casos de acusación particular, y las partes en procesos civiles incidentales y sus representantes legales tienen el derecho de confiar agentes litigantes en cualquier momento.

La Fiscalía Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de los materiales del caso transferidos para su revisión y procesamiento, informará a la víctima y a su representante legal o a sus familiares cercanos, partes en el litigio civil incidental y a sus Designar apoderado litigante de sus derechos. El tribunal popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de aceptación de un caso de acusación particular, informará al fiscal privado y a su agente legal, y a las partes en el litigio civil incidental y a su agente legal que tienen derecho a confiar un agente ad litem. .

Artículo 45 Cuando se encomiende un agente contencioso, se estará a lo dispuesto en el artículo 32 de esta Ley.

Artículo 46 El abogado defensor tendrá derecho a mantener confidencial la información relevante y sobre el cliente de la que tenga conocimiento durante sus actividades profesionales. Sin embargo, si un abogado defensor sabe que su cliente u otras personas están preparando o cometiendo actos delictivos que ponen en peligro la seguridad nacional, la seguridad pública o ponen en grave peligro la seguridad personal de otros, deberá informar sin demora a las autoridades judiciales.

Artículo 47 Si los defensores o agentes ad litem creen que los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares, los tribunales populares y su personal les impiden ejercer sus derechos de litigio de conformidad con la ley, tienen derecho a presentar una denuncia ante la fiscalía popular del mismo nivel o del nivel inmediatamente superior o acusar. La Fiscalía Popular revisará prontamente las acusaciones o informes y, si las circunstancias son ciertas, notificará a las autoridades pertinentes para que realicen las correcciones.