¿Cuál es el alcance de aceptación de clientes criminales?
1. El propio sospechoso o imputado.
2. La propia víctima, su representante legal y sus familiares cercanos.
3. Las partes en el litigio civil y sus representantes legales.
4. El propio sospechoso o imputado, su representante legal y sus familiares cercanos.
5. Encomienda de sospechosos y acusados criminales, etc.
Base jurídica
Artículo 34 de la Ley de procedimiento penal
Desde el día en que el organismo de investigación interroga por primera vez a un sospechoso de un delito o toma medidas obligatorias A partir de al principio la persona tiene derecho a confiar un defensor durante la investigación, sólo puede confiar a un abogado como defensor; El acusado tiene derecho a confiar un defensor en cualquier momento.
Al interrogar a un sospechoso de un delito o tomar medidas coercitivas contra él por primera vez, el organismo de investigación le informará del derecho a confiarle un defensor. La Fiscalía Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de los materiales del caso transferidos para su revisión y enjuiciamiento, informará al sospechoso de un delito sobre su derecho a confiar un defensor. El Tribunal Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de aceptación del caso, notificará al imputado su derecho a confiar un defensor. Si un sospechoso o acusado de un delito solicita que se le encomiende un defensor mientras se encuentra bajo custodia, el tribunal popular, la fiscalía popular y los órganos de seguridad pública comunicarán sin demora la solicitud.
Si un sospechoso o acusado de un delito se encuentra detenido, su tutor o pariente cercano también podrá confiarle un defensor.