¿Pueden las víctimas de casos penales encontrar abogados o sólo pueden comparecer ante el tribunal los fiscales?
Base legal: Según el artículo 40 de la Ley de Procedimiento Penal, las víctimas de las causas del Ministerio Público y sus representantes legales o familiares cercanos, y las partes en procesos civiles adjuntos y sus representantes legales, serán trasladados de el caso a revisar, a partir de la fecha de presentación de la demanda, usted tiene derecho a designar un agente litigante. Los fiscales privados y sus representantes legales en casos de acusación particular, y las partes en procesos civiles incidentales y sus representantes legales tienen el derecho de confiar agentes litigantes en cualquier momento.
La Fiscalía Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de los materiales del caso transferidos para su revisión y procesamiento, informará a la víctima y a su representante legal o a sus familiares cercanos, partes en el litigio civil incidental y a sus Designar apoderado litigante de sus derechos. El tribunal popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de aceptación de un caso de acusación particular, informará al fiscal privado y a su agente legal, y a las partes en el litigio civil incidental y a su agente legal que tienen derecho a confiar un agente ad litem. .
Según el artículo 48 de la “Interpretación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”, el deber del litigante es salvaguardar los derechos e intereses legítimos de la víctima, del acusado particular o de las partes incidentales en el litigio civil con base en los hechos. y la ley.
Artículo 49: Como agente litigante, el abogado podrá revisar, extraer y copiar materiales relacionados con el caso para comprender los hechos del mismo. Con el permiso del Tribunal Popular, otros agentes litigantes también pueden revisar, extraer y copiar materiales relevantes del caso para conocer el caso. De ser necesario recolectar y recuperar materiales relacionados con este caso, se podrá seguir lo dispuesto en los artículos 44 y 45 de esta Interpretación.
De acuerdo con el artículo 14 del “Reglamento de la Fiscalía Popular para la Garantía del Ejercicio de la Abogacía en el Proceso Penal”, los abogados defensores y los encargados por las víctimas y sus representantes legales o familiares cercanos actúan como agentes litigantes del Fiscalía Popular. A partir de la fecha de revisión del caso de la fiscalía, los documentos del litigio y los materiales de evaluación técnica del caso pueden ser revisados, extraídos y copiados.