¿Puedo quedar en libertad bajo fianza durante una detención penal?
Análisis jurídico: Se puede conceder libertad bajo fianza durante la detención penal, pero se deben cumplir las siguientes condiciones: es decir, la persona puede ser condenada a vigilancia, detención penal o se le puede aplicar una pena adicional de forma independiente; la persona puede ser condenada a una pena mayor que la de prisión de duración determinada, y el peligro social es pequeño Enfermedad, incapacidad para cuidar de sí misma, bajo riesgo social o condiciones de las mujeres que están embarazadas o amamantando a sus propios bebés;
Base jurídica: “Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China”
Artículo 82: Para delincuentes actuales o sospechosos importantes, si alguna de las siguientes circunstancias se aplica a los órganos de seguridad pública : , puede ser detenido primero:
(1) Si la persona se está preparando para cometer un delito, comete un delito o es descubierta inmediatamente después de cometer un delito;
(2) La víctima o alguien que presenció el delito lo identifica con el delito
(3) Cualquier persona que encuentre evidencia de un delito a su alrededor o en su residencia
(4) Alguien que intente; suicidarse, escapar o estar prófugo después de cometer un delito;
(5) Existe la posibilidad de destruir, fabricar pruebas o confabularse con confesiones;
(6) No decirlo; el nombre y la dirección reales, y se desconoce la identidad;
(7) Existe la posibilidad de cometer delitos sobre la marcha o varias veces, sospechosos de delitos graves en pandillas.
Artículo 85 Al detener a una persona, el órgano de seguridad pública deberá presentar un certificado de detención.
Tras la detención, el detenido será remitido inmediatamente a un centro de internamiento para su custodia, que no excederá de veinticuatro horas como máximo. Excepto en circunstancias en las que la notificación sea imposible o cuando la notificación de presuntos delitos que ponen en peligro la seguridad nacional o actividades terroristas pueda obstaculizar la investigación, los familiares del detenido deben ser notificados dentro de las 24 horas posteriores a la detención. Desaparecidas las circunstancias que obstaculizan la investigación, se notificará inmediatamente a los familiares del detenido.
Artículo 91 Si el órgano de seguridad pública considera necesario arrestar a una persona detenida, deberá elevar el asunto a la Fiscalía Popular para su revisión y aprobación dentro de los tres días siguientes a la detención. En circunstancias especiales, el plazo de presentación para revisión y aprobación podrá ampliarse de uno a cuatro días.
Para los principales sospechosos que cometen delitos mientras se dan a la fuga, cometen delitos varias veces o cometen delitos en grupos, el tiempo de revisión y aprobación se puede ampliar a 30 días.
La Fiscalía Popular tomará una decisión sobre la aprobación o desaprobación del arresto dentro de los siete días siguientes a la recepción de una solicitud del órgano de seguridad pública para aprobar el arresto. Si la Fiscalía Popular no aprueba el arresto, el órgano de seguridad pública liberará a la persona inmediatamente después de recibir la notificación y notificará sin demora a la Fiscalía Popular sobre el estado de la ejecución. Aquellos que necesiten continuar la investigación y cumplir las condiciones para la libertad bajo fianza en espera de juicio o vigilancia residencial, serán puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio o puestos bajo vigilancia residencial de conformidad con la ley.