¿Cuáles son los criterios para determinar la infracción de una marca registrada?
1. La marca es el mismo acto de infracción. La marca acusada de infracción y la marca registrada del demandante son básicamente indistinguibles después del aislamiento y comparación con el conjunto;
2. Infracción de marca registrada, basada en las condiciones anteriores, la fuente, la pronunciación, el significado o la composición gráfica, el color o la estructura general de la combinación de sus elementos son similares y fáciles de causar confusión;
3. Otras normas.
Base Legal
Artículo 9 de la "Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre Varias Cuestiones Relativas a la Aplicación del Derecho en el Juicio de Casos de Controversias Civiles sobre Marcas".
Las marcas especificadas en los incisos (1) y (2) del artículo 57 de la "Ley de Marcas" se refieren a la marca acusada de infracción y básicamente no existe diferencia visual entre la marca acusada de infracción. y la marca registrada del demandante.
La similitud de marca estipulada en el artículo 57(2) de la Ley de Marcas se refiere a la fuente, pronunciación, significado o composición gráfica y color de la marca acusada infractora en comparación con la marca registrada del demandante. la similitud en la estructura general después de la combinación de sus elementos, o la similitud en la forma tridimensional y la combinación de colores, pueden fácilmente hacer que el público relevante malinterprete el origen del producto o piense que su origen tiene una conexión específica con los productos registrado por el demandante.