Red de conocimiento del abogados - Consultar a un abogado - Disposiciones sobre la reidentificación de casos penales

Disposiciones sobre la reidentificación de casos penales

Durante la etapa de investigación y de juicio, las partes podrán solicitar la reidentificación.

Análisis Legal

Los resultados de la tasación de las instituciones de tasación forense generalmente tienen efecto legal. Especialmente cuando se trata de casos penales, si la valoración judicial no puede garantizar la autoridad de los resultados, no se puede garantizar la imparcialidad del proceso judicial. Sin embargo, si las partes interesadas tienen objeciones a los resultados de la tasación que no cumplen con las normas pertinentes, también pueden solicitar una nueva tasación. Para garantizar la eficacia de la reidentificación, las normas de identificación estipulan que las calificaciones de la institución de identificación forense encargada de la reidentificación deben ser generalmente superiores a las de la institución de identificación judicial encargada originalmente. La reautenticación deberá encomendarse a otra institución de tasación forense distinta de la institución de tasación original que esté incluida en la lista de instituciones de tasación judicial, si el cliente está de acuerdo, también se podrá encomendar a la institución de tasación forense original la designación de otros expertos en tasación forense calificados; distinta de la institución de tasación forense original. Para cuestiones de tasación que impliquen casos importantes o que presenten problemas técnicos particularmente complejos, difíciles o especiales, el servicio de tasación judicial competente o la organización del sector de tasación judicial podrá, previa encomienda de la autoridad judicial o con el consentimiento de ésta, organizar una serie de Instituciones de tasación forense para realizar tasaciones.

Base jurídica

Artículo 148 de la "Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China" El organismo de investigación informará a los sospechosos de delitos y a las víctimas de los dictámenes de tasación utilizados como prueba. Si el sospechoso o la víctima del delito lo solicita, se podrá realizar una identificación adicional o una reidentificación. Artículo 197 Durante la audiencia judicial, las partes y sus defensores y agentes ad litem tienen derecho a solicitar la notificación de nuevos testigos para comparecer ante el tribunal, derecho a solicitar la adquisición de nuevas pruebas físicas y derecho a solicitar una nueva -identificación o inspección. El Ministerio Público, las partes, los defensores y los agentes ad litem podrán solicitar al tribunal que notifique a personas con conocimientos especializados para que comparezcan ante el tribunal y expresen opiniones sobre los dictámenes de tasación del tasador. El tribunal decidirá si aprueba la solicitud anterior. Cuando comparezcan ante el tribunal personas con los conocimientos especializados previstos en el apartado 2, se aplicarán las disposiciones pertinentes sobre tasadores.