Invenciones y creaciones realizadas utilizando las condiciones materiales y técnicas de la unidad.
Subjetividad jurídica:
El artículo 6 de la Ley de Patentes de mi país estipula: Las invenciones y creaciones realizadas en el desempeño de las tareas de la unidad o principalmente utilizando las condiciones materiales y técnicas de la unidad son inventos de servicio crear. El derecho a solicitar una patente para una invención o creación de servicios pertenece a la unidad, una vez aprobada la solicitud, la unidad se convierte en titular de la patente; Para las invenciones y creaciones que no son de servicios, el derecho a solicitar una patente pertenece al inventor o diseñador, una vez aprobada la solicitud, el inventor o diseñador se convierte en titular de la patente; Para las invenciones y creaciones realizadas utilizando las condiciones materiales y técnicas de la unidad, si la unidad tiene un contrato con el inventor o diseñador y estipula el derecho a solicitar una patente y la propiedad del derecho de patente, dicho acuerdo prevalecerá. La expresión "invenciones y creaciones de servicio realizadas en el desempeño de las tareas de la unidad", tal como se menciona en el artículo 6 de la "Ley de Patentes", se refiere a: (1) Invenciones y creaciones realizadas en el curso del propio trabajo; (2) Invenciones y; creaciones realizadas además de la realización de trabajos propios asignados por la unidad (3) Invenciones y creaciones realizadas dentro del año posterior a la renuncia, jubilación o transferencia de trabajo, y relacionadas con el trabajo original realizado por la unidad original o las tareas asignadas por. la unidad. La "unidad" mencionada en el artículo 6 de la "Ley de Patentes" incluye unidades de trabajo temporal; las "condiciones materiales y técnicas de la unidad" mencionadas en el artículo 6 de la "Ley de Patentes" se refieren a los fondos, equipos y piezas de la unidad. y componentes, materias primas o materiales que no sean divulgados al público información técnica, etc.