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Cómo contrainterrogar pruebas en casos penales

En la práctica de la justicia penal, una frase judicial muy conocida en las investigaciones judiciales es "pedir al defensor (fiscal) que exprese su opinión sobre las tres propiedades de la prueba". Las llamadas "tres propiedades de la evidencia" se refieren a la autenticidad, relevancia y legalidad de la evidencia.

El proceso en el que el tribunal organiza la acusación y la defensa para realizar debates cualitativos sobre las tres características de la prueba se denomina generalmente "contrainterrogatorio". Por lo tanto, las actividades de contrainterrogatorio en la práctica judicial de mi país apuntan a las tres características de la prueba en términos de contenido y objeto, lo que teóricamente se denomina modelo de “prueba de tres caracteres”. Desde la perspectiva tanto de la acusación como de la defensa, el debate cualitativo sobre las tres propiedades de la prueba es el contrainterrogatorio, mientras que desde la perspectiva del juez, organizar el contrainterrogatorio de la acusación y la defensa es una actividad de investigación de la prueba. Por tanto, el modelo de "prueba de tres caracteres" es también el modelo de investigación de prueba básica en los procesos penales de nuestro país.

En casos penales, ¿cómo contrainterrogar las pruebas de un caso penal?

1. Prueba documental y prueba física

1. La prueba documental se refiere a todos los elementos, símbolos y gráficos que pueden revelar la verdad del caso con base en los pensamientos expresados ​​y el contenido del mismo. los registros. Su fuerza probatoria se caracteriza por el hecho de que la verdad objetiva es más fuerte que la evidencia verbal. Por lo tanto, el contrainterrogatorio de la prueba documental generalmente apunta a:

(1) Existe una disputa sobre si la prueba documental está falsificada o alterada, es decir, si es la original, la original, una copia o una copia abreviada. Esto requiere una explicación del proceso de extracción y descubrimiento original;

(2) Si la prueba documental está relacionada con los hechos del caso;

(3) Si el canal para su obtención la prueba documental es legal;

(4) Hay una disputa sobre la conclusión de la tasación de la prueba documental;

(5) Examinar al autor original de la prueba documental y si es incompatible con otras pruebas;

2. Se pueden utilizar todas las pruebas físicas, elementos y rastros para descubrir las verdaderas circunstancias del caso. Estos elementos y huellas incluyen instrumentos para la comisión del delito, objetos de infracción, huellas y elementos dejados durante el acto, y otros elementos y huellas que puedan revelar y probar la ocurrencia del caso. En comparación con otras pruebas, la evidencia física es más intuitiva y más fácil de captar, y es más objetiva y verdadera que la evidencia verbal. El contrainterrogatorio de evidencia física generalmente incluye:

(1) Si la evidencia física es original, su método de recolección, fuente y método de conservación;

(2) Si está relacionada a los hechos del caso, es decir, si está relacionado con los hechos del caso, cuáles son las conexiones objetivas entre los principales hechos delictivos y qué pruebas pueden probar los principales hechos delictivos;

( 3) ¿Existe alguna otra evidencia que lo respalde? Por ejemplo, si el arma homicida ha sido identificada por el acusado, si se han identificado las manchas de sangre, si coincide con el tipo de sangre de la víctima o del acusado, si hay testimonios que demuestren quién tomó el arma homicida, si es inconsistente con otras pruebas y si es razonable eliminar la contradicción;

En segundo lugar, el testimonio de un testigo

El testimonio de un testigo se refiere a una declaración sobre parte o todos los hechos del caso. realizada por una persona que conoce la verdadera situación del caso a los investigadores. La declaración del testigo puede ser lo que escuchó o vio, o puede ser lo que cuenta otra persona. Sin embargo, se debe indicar la fuente de la información que no se puede decir ni escuchar de oídas no se puede utilizar como testimonio de un testigo. Dado que el testimonio de un testigo es una declaración hecha ante la autoridad judicial por la percepción y memoria que el testigo tiene de los hechos del caso, cada testimonio se ve afectado e interferido por factores subjetivos y objetivos. Cada testigo se verá afectado por su percepción, memoria y capacidad de expresión personal. y habrá error. En vista de la inestabilidad y variabilidad del testimonio de los testigos, el foco del contrainterrogatorio es:

(1) Si el testimonio se obtuvo legalmente. En la investigación participaron varias personas, ya sea que se llevó a cabo sola, si cumplió con los procedimientos legales, si fue tortura para obtener una confesión, si fue inducida o engañada, si el lugar de la investigación cumplió con las normas legales, preguntó el defensor. el testigo pertinente si contó con el consentimiento de la víctima, si fue aprobado por el departamento correspondiente y el testimonio obtenido por el defensor si ha sido revisado y procesado, etc.

(2) Si la fuente del testimonio del testigo es directa o indirecta.

(3) Si el testimonio proporcionado por el testigo ha sido interferido ilegalmente por el mundo exterior, o instigados o sobornados por la parte u otros, amenazas;

(4) Si el testigo y las partes tienen interés en el caso;

(5) Cómo expresar los sentimientos del testigo sobre cosas objetivas, si la declaración es precisa, profunda y memorizada La extensión, la fuerza de la capacidad de expresión del lenguaje, el estado mental al sentir las cosas y el entorno objetivo al sentir las cosas (6) Si existe alguna contradicción entre el testimonio; de testigos individuales y otras pruebas;

(7) Además, también se pueden cuestionar el carácter y los antecedentes penales del testigo. Si el testimonio de un testigo se repite muchas veces y hay antecedentes de sanción administrativa o penal, el poder probatorio de la prueba puede verse reducido.

Tres.

Las confesiones y justificaciones de los sospechosos y acusados ​​de delitos

Las confesiones y justificaciones de los sospechosos y acusados ​​de delitos se refieren a lo que los sospechosos y acusados ​​de delitos hacen a los investigadores, fiscales y jueces con respecto a las declaraciones de casos relevantes. Dado que el sospechoso y el acusado están en el centro del proceso penal, tienen un interés vital en el resultado del caso. Su posición determina que las declaraciones y defensas de los sospechosos y acusados ​​criminales tienen más probabilidades de ser falsas o una mezcla de verdad y falsedad. En base a esto, el contrainterrogatorio judicial debe prestar atención a:

(1) El análisis de la racionalidad de la confesión debe combinarse con los casos;

(2) El análisis de los motivos y condiciones de la confesión del acusado;

(3) No existe ningún comportamiento ilegal al interrogar al acusado. Muchos acusados ​​se retractan de sus confesiones porque son torturados para obtener confesiones. La defensa también aprovechará este punto;

(4) La confesión del acusado es consistente con la de sus coacusados. Si hay contradicciones en la confesión del acusado y otras pruebas;

Cuarto, la declaración de la víctima

<. p>La declaración de la víctima es verdadera y confiable en la mayoría de los casos. Pero como víctima, odiaba y temía al acusado, por lo que su declaración no fue objetiva y también fue una prueba subjetiva y variable. El foco de este contrainterrogatorio es:

(1) La relación habitual entre la víctima y el acusado y la calidad ideológica de la víctima;

(2) Si la fuente de la opinión de la víctima la declaración es directa o indirecta;

(3) Si el contenido de la declaración de la víctima es contradictorio;

(4) Preste atención a si la declaración de la joven víctima es consistente con su edad y habilidad lingüística;

Verbo (Abreviatura de verbo) Conclusión de la evaluación

La conclusión de identificación se refiere al uso de conocimientos especializados para evaluar cuestiones específicas en el caso. Es una determinación y un juicio realizados utilizando. conocimiento especializado. También se ha convertido en un medio importante para revisar o identificar otras pruebas. El foco del contrainterrogatorio es:

(1) Las calificaciones del tasador, si el empleo es legal y si la tasación se ve afectada por factores externos y factores personales;

(2) Si los materiales en los que se basa la evaluación son suficientes y confiables;

(3) Si el argumento es suficiente, si la inferencia es razonable y si se han descartado todas las circunstancias sospechosas;

(4) si el tasador tiene el conocimiento profesional y la experiencia para resolver el problema de tasación, si el equipo utilizado es perfecto y si los métodos y procedimientos operativos adoptados son científicos.

6. Inspección y transcripciones de inspección

Las inspecciones y transcripciones de inspección son registros objetivos de la investigación e investigación del personal judicial de escenas, objetos y personas relacionados con el delito. Desempeña un papel importante en la identificación correcta de los hechos del caso y en la identificación de los criminales. Es un tipo de evidencia con función de prueba integral. El enfoque del contrainterrogatorio es:

(1) Si la inspección y los registros de inspección cumplen con los requisitos legales, como si la persona que realiza la inspección y la inspección tiene derecho a inspeccionar e inspeccionar, si el testigo es presente, y si la inspección y los registros de inspección están firmados y sellados, etc.;

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(2) Si el contenido registrado en la transcripción es completo y preciso, y si hay omisiones. de la escena;

(3) Si los rastros de la escena y los elementos registrados en la transcripción han sido destruidos o falsificados, y si las características personales, si la lesión o la condición fisiológica han sido falsificadas o alteradas;

(4) Si está directamente relacionado con los hechos del caso y si es inconsistente con otras pruebas;

7. Materiales audiovisuales

Los materiales audiovisuales se refieren a materiales de audio y video que pueden reproducir los sonidos e imágenes originales del caso, materiales relacionados almacenados en computadoras e información proporcionada por otros equipos tecnológicos como materiales para probar. la verdadera situación del caso. Se trata de un tipo de prueba que se acerca más a la verdadera situación del caso y su poder probatorio es directo, vívido, preciso, científico y completo. El foco del contrainterrogatorio de esta evidencia es:

(1) Si ha sido falsificada, alterada, editada y si ha sido autenticada;

(2) Si el método de adquisición es legal;

(3) Si está relacionado con los hechos de este caso y si los principales hechos delictivos pueden ser confirmados.

De hecho, ya sea prueba penal, prueba civil o prueba administrativa, debe cumplir con las tres características de la prueba, a saber, la autenticidad/objetividad, la relevancia y la legalidad de la prueba. Sólo la prueba que reúna las tres características puede probar los hechos del caso; de lo contrario, no podrá aplicarse;