¿La sucursal tiene accionistas?
El acuerdo de divorcio debe expresar la intención de ambas partes de divorciarse voluntariamente y el consenso en cuestiones como la manutención de los hijos, los bienes y la disposición de deudas.
Artículo 1.077 Si cualquiera de las partes no desea divorciarse dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que la autoridad de registro de matrimonio reciba la solicitud de registro de divorcio, la solicitud de registro de divorcio podrá ser retirada de la autoridad de registro de matrimonio.
Dentro de los treinta días siguientes al vencimiento del plazo señalado en el párrafo anterior, ambas partes deberán solicitar personalmente un certificado de divorcio ante la autoridad de registro de matrimonio, si no presentan la solicitud de registro de divorcio; se considerará retirada.
Artículo 1.078 Si la agencia de registro de matrimonio constata que efectivamente ambos contrayentes se divorcian voluntariamente y han llegado a un acuerdo sobre manutención de los hijos, bienes, liquidación de deudas y otras materias, registrarán y expedirán acta de divorcio.
Artículo 1079. Si uno de los cónyuges solicita el divorcio, el organismo correspondiente podrá realizar una mediación o presentar directamente una demanda de divorcio ante el Tribunal Popular.
Al conocer un caso de divorcio, el Tribunal Popular realizará la mediación; si la relación realmente se ha roto y la mediación es ineficaz, se concederá el divorcio. Si la mediación falla bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, se concederá el divorcio: (1) Bigamia o convivencia con otros; (2) Violencia doméstica o abuso o abandono de miembros de la familia (3) Juego, abuso de drogas y otros malos hábitos (; 4) ) Separados por más de dos años por discordia afectiva; (5) Otras circunstancias que conduzcan a la ruptura de la relación conyugal;
Si una de las partes es declarada desaparecida y la otra solicita el divorcio, se concederá el divorcio.
Después de que el tribunal popular dictamine que no se permite el divorcio, si las dos partes han vivido separadas durante un año y una de las partes presenta nuevamente un procedimiento de divorcio, se concederá el divorcio.
Artículo 1080 La relación matrimonial se disuelve cuando se completa la inscripción del divorcio o surte efectos la sentencia de divorcio o el documento de mediación.