¿Cómo redistribuir la proporción de acciones de propiedad cuando un socio se retira (sociedad en comandita)?
Artículo 54: Cuando un socio se retira de la sociedad, si los bienes sociales son inferiores a la deuda social, los socios que se retiran compartirán las pérdidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33, párrafo 1, de esta Ley. .
(Apéndice Artículo 33 La distribución de ganancias y pérdidas de una sociedad se manejará de acuerdo con el acuerdo de sociedad; si no hay estipulación en el acuerdo de sociedad o la estipulación no es clara, se decidirá por los socios mediante negociación; si la negociación fracasa, los socios tomarán la decisión de acuerdo con el acuerdo de sociedad. La proporción del capital pagado y el aporte de capital, si no se puede determinar la proporción del aporte de capital, se distribuirá y compartirá equitativamente; los socios) Enlace web del abogado penalista de Zhuhai