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Si tengo relación con un abogado, ¿puedo ser defensor?
Según el artículo 32 de la Ley de Procedimiento Penal, los métodos de defensa y el alcance de los defensores, además de ejercer el derecho a defenderse, los sospechosos y acusados también pueden confiar a una o dos personas como defensores. Se pueden encomendar como defensores a las siguientes personas:
(1) Abogados;
(2) Personas recomendadas por organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o imputado;
(3) Tutores, familiares y amigos de sospechosos e imputados de delitos.
No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido condenadas a pena o privadas o restringidas de su libertad personal de conformidad con la ley.
Por lo tanto, mientras seas abogado, podrás convertirte en defensor.