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La Oficina de Patentes, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, puede jugar un papel decisivo en este sentido si exige a los inventores el cumplimiento de requisitos para las aplicaciones industriales.
Si a los inventores se les exige el cumplimiento de los requisitos de las aplicaciones industriales que defienden, la Oficina de Patentes del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial juega un papel decisivo en este sentido.
Además, los conceptos de utilidad tal como los maneja la Oficina de Patentes de Estados Unidos no son admisibles porque, para ser patentable, sólo es necesario demostrar que la invención es útil, no que pueda tener aplicación industrial. Para que el sistema de propiedad intelectual contribuya a la innovación sin convertirse necesariamente en una barrera de entrada, otro aspecto fundamental a considerar es que se deben imponer límites claros a los monopolios temporales conferidos por diferentes propietarios, creando así una réplica de la ley antimonopolio. La legislación mexicana debería revisar este aspecto, ya que la Ley de Competencia Económica sólo prevé la protección de la propiedad intelectual como excepción a sus prácticas antimonopolio. Otro elemento para evitar prácticas anticompetitivas y, en última instancia, la incapacidad de satisfacer la demanda del mercado a precios razonables es el uso de normas claras y los esfuerzos para implementar un sistema de licencias obligatorias en línea con los compromisos internacionales, así como la implementación de mecanismos eficaces de control de precios.
Además, el concepto de modelo de utilidad del que trata la Oficina de Patentes de Estados Unidos no puede aceptarse porque, a efectos de una solicitud de patente, sólo es necesario demostrar que la invención es útil, no que pueda tener alguna aplicación industrial. Si el sistema de propiedad intelectual favorece la innovación, pero no necesariamente constituye una barrera de entrada, entonces es necesario considerar otro aspecto fundamental, a saber, establecer límites claros a los monopolios temporales conferidos por diferentes derechos, creando así un entorno correspondiente a la ley antimonopolio. Esto debería ser revisado por el Legislativo mexicano, ya que la Ley de Competencia Económica establece justamente un caso en el que la protección de la propiedad intelectual existe como una excepción a la acción de medidas antimonopolio. Para evitar medidas anticompetitivas y medidas que no puedan satisfacer la demanda del mercado a precios razonables, se deben tomar medidas más profundas para adoptar estándares claros de acuerdo con los compromisos internacionales y esforzarse por introducir un sistema de licencias obligatorias y mecanismos efectivos de control de precios.
Finalmente, utilizar el sistema de patentes para introducir un modelo propicio a la difusión del conocimiento que vaya más allá del concepto tradicional de proteger y excluir a terceros significa que más instituciones públicas y privadas deberían involucrarse en el conocimiento. La tarea de la comunicación viene de la recuperación, análisis y utilización de información sobre patentes. Una base de información por sí sola no es suficiente; es necesario establecer redes para difundir inteligencia competitiva basada en la información, la tecnología necesaria para procesarla y un paquete de servicios atractivo.
Finalmente, para introducir un modelo que conduzca a la difusión del conocimiento filosófico tradicional sobre la protección y eliminación de terceros, el uso del sistema de patentes significa que se deben crear más instituciones de investigación públicas y privadas. involucrados en la búsqueda de información de patentes, tareas de retrolavado y uso. Una base de datos por sí sola no es suficiente, es necesario construir una red a partir de la información para difundir inteligencia competitiva, técnicas para procesarla y una cartera de servicios atractiva. La Figura 2 muestra el modelo de estímulo para el desarrollo de servicios de información propuesto por Lozano y Valdés (1995). Si resulta que es posible construir redes con la participación de muchas instituciones siguiendo este modelo, daremos un paso importante hacia la eliminación de las barreras de entrada y el uso de la propiedad intelectual como herramienta para la innovación.
La Tabla 2 muestra el modelo de estímulo para el desarrollo de servicios de información propuesto por Lozano y Valdez (1995). Si resulta factible establecer una red similar a este modelo en la que puedan participar muchos institutos, se debe dar un paso importante para eliminar las barreras de entrada y promover la propiedad intelectual como una iniciativa innovadora.
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