Respecto a las indicaciones geográficas que infringen la protección marcaria colectiva, cuál de las siguientes afirmaciones es correcta ().
Constituyen infracción del derecho exclusivo de registro de una marca colectiva las siguientes conductas: 1. Usar la misma marca que la marca colectiva registrada en el mismo producto sin el permiso del registrante de la marca colectiva; 2. Usar una marca comercial similar a la marca colectiva registrada en el mismo producto sin el permiso del registrante de la marca colectiva; o Usar una marca igual o similar a su marca colectiva registrada en productos similares, que pueda causar confusión 3. Vender productos que infrinjan el derecho exclusivo de registrar una marca colectiva registrada; 4. Falsificación o producción no autorizada de una marca colectiva registrada de otras personas; logotipos de marcas o venta de marcas colectivas falsificadas o no autorizadas Logotipo de marca colectiva registrada fabricado 5. Cambiar la marca colectiva registrada sin el consentimiento del titular de la marca colectiva y poner los productos con la marca modificada nuevamente en el mercado; 6. Facilitar intencionalmente la infracción de; los derechos exclusivos de otros para registrar marcas colectivas. Condiciones, ayudando a otros a cometer actos que infrinjan el derecho exclusivo de usar una marca colectiva registrada; 7. Causar otros daños al derecho de otros a usar una marca colectiva registrada;