¿Bajo qué circunstancias se revocará un abogado?
(1) Viola las normas; reunirse con jueces, fiscales, árbitros y otro personal relevante, o afectar de otro modo el manejo de casos de conformidad con la ley;
(2) Soborno a jueces, fiscales, árbitros y otro personal relevante, introducción de sobornos o instigar o inducir a las partes a pagar sobornos;
(3) Proporcionar materiales falsos a departamentos administrativos judiciales o cometer otros actos fraudulentos;
(4) Proporcionar deliberadamente pruebas falsas o amenazar o inducir a otros a proporcionar pruebas falsas e impedir que la otra parte obtenga pruebas de conformidad con la ley;
(5) Aceptar propiedad u otros intereses de la otra parte, coludir maliciosamente con la otra parte o un tercero , e infringir los derechos e intereses del cliente;
(6) Perturbar el orden de los juzgados y tribunales de arbitraje, interfiriendo con la conducta normal de las actividades de litigio y arbitraje;
( 7) Incitar o instigar a las partes a tomar acciones que alteren el orden público, pongan en peligro la seguridad pública, etc. Resolver disputas por medios ilegales
(8) Hacer comentarios que pongan en peligro la seguridad nacional, calumniar maliciosamente a otros y perturbar gravemente; orden judicial;
(9) Filtración de secretos de Estado.
Si un abogado es objeto de sanción penal por un delito intencional, el departamento administrativo judicial del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central revocará su certificado de ejercicio de abogado.