¿Puede un demandado que infringe una marca hacer una reconvención?
Existe evidencia que demuestra que usted ha producido o vendido los productos que vende antes de que el demandante registrara la marca, es decir, antes de que el demandado registrara la marca (2065438+agosto de 2008), como el contrato de venta, sus productos están en la cuota de ventas del mercado, etc., no constituye una infracción de marca registrada y no asume responsabilidad por compensación. Si hay pruebas de que el demandado se registró de mala fe, se puede presentar una reconvención.
Se recomienda contratar a un abogado profesional de marcas para defenderlo, proporcionar pruebas suficientes y salvaguardar sus derechos e intereses legítimos. Al mismo tiempo, también se recomienda aumentar su conciencia sobre la protección de la propiedad intelectual en el futuro para evitar riesgos comerciales innecesarios.