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¿La invención mejorada es una infracción de patente?

Análisis jurídico: infracción. La infracción de patentes sigue el principio de cobertura universal. Siempre que las características técnicas contenidas en los productos de una parte cubran completamente las reivindicaciones de patente de la otra parte, constituye una infracción, independientemente de si se ha mejorado la tecnología. La infracción de patente debe cumplir varias condiciones al mismo tiempo:

1. La patente es válida;

2.

El artículo 11 de la Ley de Patentes estipula que una vez concedida una patente de invención o modelo de utilidad, ninguna unidad o individuo podrá explotar la patente sin el permiso del titular de la patente, es decir, no podrá fabricarla ni utilizarla. para fines de producción y negocios., Oferta para vender, vender o importar sus productos patentados, no utilizará su método patentado y utilizará, ofrecerá para vender, vender o importar productos obtenidos directamente de acuerdo con el método patentado. Una vez concedida una patente de diseño, ninguna unidad o individuo puede explotar la patente sin el permiso del titular de la patente, es decir, no puede fabricar, ofrecer a la venta, vender o importar sus productos patentados para fines productivos y comerciales.

Base jurídica: "Código Civil de la República Popular China"

Artículo 120 Si se infringen derechos e intereses civiles, la parte infringida tiene derecho a exigir al infractor que asuma el daño responsabilidad.

Artículo 183: Si el infractor se causa daño a sí mismo por salvaguardar los derechos e intereses civiles de otros, asumirá la responsabilidad civil, pudiendo el beneficiario proporcionar la indemnización adecuada. Si no hay infractor o el infractor elude o no puede asumir la responsabilidad civil y la víctima solicita una indemnización, el beneficiario deberá proporcionar la indemnización adecuada.

Artículo 167: Si una infracción pone en peligro la seguridad personal o patrimonial de otros, la parte infractora tiene derecho a exigir al infractor que asuma la responsabilidad extracontractual para detener la infracción, eliminar obstáculos y eliminar el peligro.

Artículo 168 Si dos o más personas infringen y causan daño a otras conjuntamente, responderán solidariamente.