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El delito de secuestro en el derecho penal

1. Elementos del delito de secuestro

Elementos del objeto

El objeto vulnerado por este delito es un objeto complejo, que incluye los derechos ajenos a la libertad personal, a la salud, a la vida y todos los derechos a propiedad pública y privada. Porque el perpetrador utiliza la violencia y la coerción para secuestrar a otros, poniendo en peligro directamente la vida y la salud de la víctima. En la práctica judicial, los perpetradores a menudo amenazan con dañar a la víctima y obligan a sus familiares a pagar un rescate; durante el proceso de secuestro, la víctima a menudo sufre abusos, heridas graves o incluso la muerte; algunos la dañan primero y luego la extorsionan. Los legisladores incluyeron el secuestro de otras personas en el delito de violación de los derechos personales de los ciudadanos y los derechos democráticos, lo que demuestra que también conceden gran importancia a la protección de los derechos personales de los ciudadanos. Este tipo de delito es en realidad un comportamiento de "secuestro" muy extendido en la vieja sociedad. Ha desaparecido desde la fundación de la Nueva China y ha reaparecido en los últimos años, tiene una tendencia de desarrollo y es extremadamente perjudicial para la sociedad. Para sancionar eficazmente este delito, la legislación penal tipifica el delito de secuestro como un delito separado. El objeto de este delito son "otros". “Otros” incluye tanto a mujeres y niños como a personas distintas de mujeres y niños.

Elementos objetivos

Objetivamente hablando, es el acto de secuestrar a otros mediante violencia, coacción u otros medios. "Violencia" significa que el autor directamente ata, amordaza, venda los ojos y saquea a la víctima, o la hiere y golpea. "Coerción" se refiere a la coerción psicológica de la víctima o la amenaza de violencia contra la víctima y sus familiares. "Otros métodos" se refiere a métodos distintos de la violencia, como el uso de drogas, embriaguez, etc., para dejar a la víctima en coma. La característica común de estos tres métodos criminales es que la víctima se encuentra en una situación en la que no puede o no se atreve a resistir, y la víctima es secuestrada ilegalmente de su residencia o ubicación y puesta bajo el control directo del perpetrador, causándole perder su libertad de movimiento. La ley sólo requiere que el perpetrador tenga uno de los medios para secuestrar a otros para constituir este delito.

Elementos temáticos

El sujeto delictivo es un tema general. Respecto a la cuestión de si las personas mayores de 14 años pero menores de 16 deben ser penalmente responsables de este delito, algunos estudiosos creen que debido a la naturaleza extremadamente dañina de este delito, cualquier persona mayor de 14 años y con capacidad responsable se puede cargar. Creemos que los ocho cargos estipulados en el párrafo 2 del artículo 17 de la Ley Penal se refieren a actos criminales específicos y no a cargos específicos. Según el principio de sanción legal y el segundo párrafo del artículo 17 de la Ley Penal, si una persona mayor de 14 años pero menor de 16 sólo participa en el secuestro pero no en matar o dañar al secuestrado persona, no constituye el artículo 17 del Código Penal. Para los actos de homicidio intencional y lesiones intencionales que causen lesiones graves o muerte según lo estipulado en el párrafo 2 del artículo, los menores no son penalmente responsables de este tipo de secuestro. Sin embargo, se debe ordenar a sus padres o tutores que lo castiguen si es necesario; el gobierno también puede proporcionarle la custodia y la educación; Si la persona secuestrada resulta muerta o herida (causándole lesiones graves o la muerte) durante el proceso de secuestro, será penalmente responsable del delito de homicidio doloso o lesión dolosa.

Factores subjetivos

El aspecto subjetivo consiste en la intencionalidad directa con el fin de extorsionar la propiedad o tomar rehenes. "Secuestro de otra persona con el fin de extorsionar la propiedad" se refiere al uso de violencia, coerción o anestesia para secuestrar por la fuerza a otra persona, amenazar con matar o matar al rehén o no devolverlo, y ordenar a familiares y amigos relacionados con el rehén que lo entreguen. determinada propiedad dentro de un determinado período de tiempo. La “propiedad” aquí debe entenderse de manera amplia y no se limita al dinero, sino que también incluye otros intereses de propiedad. "Secuestro de otras personas como rehenes" se refiere a tomar a otras personas como rehenes con fines políticos, evadir una persecución o solicitar a las autoridades judiciales que liberen a los delincuentes.

2. Responsabilidad penal por el delito de secuestro

Según lo dispuesto en el artículo 239, apartado 1, de la “Ley Penal”, quien cometa este delito será sancionado con pena fija. -pena de prisión de no menos de diez años o más Cadena perpetua y multa concurrente o confiscación de bienes si las circunstancias son relativamente menores, el infractor será condenado a una pena de prisión de no menos de cinco años pero no más de diez; años y también será multado. El que cometa el delito del párrafo anterior y cause la muerte del secuestrado o mate al secuestrado, será condenado a muerte y sus bienes serán confiscados. El que hurte un niño con el fin de extorsionar bienes será castigado conforme a lo dispuesto en los dos párrafos anteriores.