Red de conocimiento del abogados - Consultar a un abogado - Derecho Penal Artículo 236, Párrafo 2

Derecho Penal Artículo 236, Párrafo 2

El artículo 236 de la Ley Penal tipifica el delito de violación, así:

1. Se refiere al acto de obligar a una mujer a tener relaciones sexuales con ella contra su voluntad mediante violencia. , coacción u otros medios;

2. El que cometa adulterio con una niña menor de 14 años será considerado como violación y será severamente castigado. Violación de mujeres o violación de niñas;

3. Violación de mujeres o violación de niñas por parte de múltiples personas; Violación de mujeres en público en lugares públicos. más personas Violación en grupo;

5. Causar lesiones graves, muerte u otras consecuencias graves a la víctima

6 El acto de violar a una joven ha sido tratado por separado en el derecho penal; Teoría y práctica judicial en el pasado. El delito de violación de una niña menor de edad es punible.

Los elementos constitutivos del delito de violación incluyen específicamente:

1. Elementos del sujeto: El sujeto del delito es un sujeto especial, es decir, un hombre mayor de catorce años. de edad y tiene capacidad de responsabilidad penal, pero en las mismas circunstancias penales, si una mujer instiga o ayuda a un hombre a violar a otras mujeres, será sancionada como violador;

2. Este delito viola los derechos personales de las mujeres. Es decir, la mujer tiene derecho a decidir sobre la conducta sexual legítima según su propia voluntad;

3. Elementos subjetivos: El aspecto subjetivo es intencional y tiene como finalidad el adulterio;

4. Elementos objetivos:

(1) Objetivamente hablando, debe haber actos de uso de violencia, coerción u otros medios para poner a las mujeres en un estado en el que no puedan resistir, no se atrevan a resistir o no saber resistir, o aprovechar el estado de inconsciencia o incapacidad de la mujer para aprovecharse de la situación para cometer adulterio;

(2) Debe ser contra la voluntad de la mujer.

Base jurídica: Artículo 236 de la Ley Penal de la República Popular China

Quien viole a una mujer mediante violencia, coacción u otros medios será condenado a tres años de prisión fija- pena de prisión no menor de diez años ni mayor de diez años.

Quien viole a una niña menor de catorce años será tratado como violación y será severamente castigado.

El que viole a una mujer o cometa adulterio con niña menor de edad, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de diez años, cadena perpetua o muerte en cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) Violar a una mujer o cometer adulterio con una niña menor de edad si las circunstancias son atroces;

(2) Violar a mujeres y violar a niñas jóvenes en grandes cantidades;

(3) Violar a mujeres y violar a niñas en público en lugares públicos;

(4) Violación en grupo por dos o más personas;

(5) Violación de una niña menor de diez años o causar daño a una niña;

(6) Causar lesiones graves o la muerte a la víctima o provocar otras lesiones de consecuencias graves.