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La diferencia entre la ley contra la competencia desleal y el monopolio

1. Diferencias en los objetos de ajuste

Los objetos de ajuste de la Ley Anticompetencia Desleal son generalmente las pequeñas y medianas empresas. El artículo 2 de la Ley contra la Competencia Desleal estipula: Los operadores a que se refiere esta ley se refieren a personas jurídicas, otras organizaciones económicas y personas físicas que se dedican a operaciones con productos básicos o servicios con fines de lucro. Los operadores aquí son entidades del mercado general, que incluyen principalmente, entre otras, pequeñas y medianas empresas.

Los objetivos de los ajustes a las leyes antimonopolio son generalmente los grandes monopolios. Del artículo 2 de la Ley Antimonopolio se desprende que sólo las empresas de tamaño considerable pueden abusar de su posición dominante en el mercado y eliminar o restringir la competencia, mientras que las pequeñas y medianas empresas ordinarias simplemente no tienen los fondos ni la fuerza técnica para hacerlo. este.

2. Diferencias en las conductas reguladas

Las conductas reguladas por la Ley Anticompetencia Desleal incluyen conductas de competencia desleal y algunas conductas monopolísticas. Dado que la Ley Antimonopolio no se había promulgado cuando se promulgó y aplicó la Ley Antimonopolio, algunos comportamientos monopolísticos naturalmente pasaron a ser comportamientos regulados por la Ley Antimonopolio. Por ejemplo: Artículo 6 de la Ley contra la Competencia Desleal: Las empresas de servicios públicos u otros operadores con una posición de monopolio según la ley no impedirán que otros compren los productos de sus operadores designados para excluir a otros operadores de la competencia leal. En realidad, esta disposición se refiere a restringir la competencia. El artículo 7 de la ley apunta al monopolio administrativo: el gobierno y sus departamentos no abusarán del poder administrativo para impedir que otros compren los bienes de sus operadores designados o restringir las actividades comerciales legítimas de otros operadores. El gobierno y sus departamentos no abusarán del poder administrativo para restringir la entrada de bienes extranjeros al mercado local o el flujo de bienes locales a los mercados extranjeros. Además, el artículo 11 de la Ley prohíbe las ventas a bajo precio, el artículo 12 prohíbe vincular o imponer otras condiciones irrazonables y el artículo 15 de la Ley prohíbe las ofertas colusorias también deben considerarse ajustes al comportamiento monopolístico.

La fijación de algunas disposiciones antimonopolio en la Ley Antimonopolio se basa en las necesidades reales enfrentadas antes de la promulgación de la Ley Antimonopolio, especialmente para ajustar ciertas conductas monopolísticas que han sido destacadas. Entre ellas, las disposiciones de los artículos 6, 11 y 12 entran dentro del alcance del abuso de posición dominante en el mercado en virtud de las leyes antimonopolio extranjeras; las disposiciones del artículo 15 son un tipo de acuerdos de leyes antimonopolio extranjeras que restringen la competencia. De esto se desprende que las disposiciones antimonopolio incluidas en la Ley contra la Competencia Desleal de mi país son preliminares y están dispersas.

La ley antimonopolio actualmente promulgada sólo regula el comportamiento monopolístico. En términos de tecnología legislativa y estructura lógica, es más completa, independiente y autónoma, en lugar de ser tan confusa y superpuesta como la Ley Anticompetencia Desleal de hace más de 10 años, lo que refleja la naturaleza científica de la legislación.

3. Diferencias en las características de los actos ilegales

Las leyes contra la competencia desleal cubren en su mayoría actos abiertos de competencia desleal, y estos actos son fáciles de identificar e identificar. Por ejemplo: falsificación de marcas registradas ajenas, publicidad engañosa, violación de secretos comerciales.

Ley antimonopolio: el comportamiento monopolístico está en su mayor parte oculto y es difícil de definir. Además, debe analizarse exhaustivamente en función de factores como el poder de mercado y la proporción. Como lo estipula el párrafo 2 del artículo 17 de la Ley: El término "dominio del mercado", tal como se utiliza en esta Ley, se refiere a la capacidad de un operador de controlar el precio, la cantidad u otras condiciones comerciales de los productos básicos en el mercado relevante, o la capacidad obstaculizar o influir en la entrada de otros operadores en el mercado relevante. Posición de mercado de las capacidades de mercado.

4. Diferencias entre diferentes estándares regulatorios de comportamiento

Ley anticompetencia desleal: El estándar para la confirmación de un comportamiento de competencia desleal es la ética empresarial de honestidad y confiabilidad en el derecho civil. El artículo 2 de la Ley estipula: Los operadores deberán respetar los principios de voluntariedad, igualdad, equidad, buena fe y reconocida ética empresarial en las transacciones de mercado.

Ley antimonopolio: al confirmar un monopolio o restringir la competencia, se deben considerar factores como si la empresa tiene poder de mercado, si abusa de sus derechos y el impacto de las fusiones comerciales en la estructura del mercado. su regulación implica juicios no morales, económicos, estadísticos y otros factores técnicos. El artículo 18 de la Ley estipula: Para determinar que un operador tiene una posición dominante en el mercado, los siguientes factores se basarán en: (1) la participación de mercado del operador en el mercado relevante y la situación de competencia en el mercado relevante; el operador controla el mercado de ventas o La capacidad del mercado de adquisición de materias primas (3) Los recursos financieros y las condiciones técnicas del operador (4) El grado de dependencia de otros operadores del operador para las transacciones; otros operadores para ingresar al mercado relevante; (6) Otros factores relacionados con la determinación del dominio del mercado del operador; Artículo 27: Al revisar la concentración de operadores empresariales, se considerarán los siguientes factores: (1) La participación de mercado de los operadores que participan en la concentración en el mercado relevante y su control sobre el mercado, (2) El grado de concentración del mercado de el mercado relevante (3) Los operadores El impacto de la concentración en la entrada al mercado y el progreso tecnológico (4) El impacto de la concentración de los operadores comerciales en los consumidores y otros operadores relevantes (5) El impacto de la concentración de los operadores comerciales en el desarrollo de; la economía nacional; (6) La agencia de aplicación de la ley antimonopolio del Consejo de Estado cree que debería considerar otros factores que afectan la competencia en el mercado.

5. La diferencia entre los objetos de protección y sus derechos de acción

Ley Anti-Competencia Desleal: Las partes infringidas por competencia desleal son específicas y tienen pleno derecho de acción, y puede apelar directamente a las autoridades judiciales Fiscalía. El artículo 20 de la Ley lo estipula claramente.

Ley antimonopolio: no necesariamente puede haber partes que sean infringidas por comportamiento monopolístico. Incluso si hay víctimas, son abstractas, vagas e inciertas. No existe una disposición clara sobre el derecho a demandar. Sin embargo, el artículo 38 de la ley otorga a las unidades y al individuo el derecho a denunciar.

Aunque ambos tienen como objetivo proteger los derechos e intereses legítimos de los competidores y los intereses del público, el foco de protección es diferente el primero es la parte perjudicada, mientras que el segundo mantiene el orden del mercado libre. competencia y competencia leal.

6. Diferencias entre los organismos encargados de hacer cumplir la ley

El artículo 3 de la Ley contra la competencia desleal estipula: Los departamentos administrativos industriales y comerciales de los gobiernos populares a nivel de condado o superior supervisarán e inspeccionar conductas desleales, legales, administrativas. La supervisión e inspección por parte de otros departamentos previstos en las leyes y reglamentos se ajustarán a sus disposiciones. De esto se puede ver que los organismos encargados de hacer cumplir la ley de la Ley contra la competencia desleal siguen el sistema administrativo de aplicación de la ley existente, que son los organismos de administración industrial y comercial a nivel de condado o superior. Por supuesto, otros departamentos estipulados en las leyes y. Las regulaciones administrativas no están excluidas desde el nivel del establecimiento de departamentos de aplicación de la ley, parece un sistema de una sola capa.

La Ley Antimonopolio establece un nuevo conjunto de agencias de aplicación de la ley especializadas e implementa un sistema de liderazgo de dos niveles. Las agencias de aplicación de la ley antimonopolio trabajan bajo el liderazgo del Comité Antimonopolio del Estado. Concejo. El artículo 9 de la Ley estipula: El Consejo de Estado establecerá un Comité Antimonopolio que será responsable de organizar, coordinar y orientar el trabajo antimonopolio. Realizar las siguientes funciones. El artículo 10 de la Ley estipula: Las instituciones responsables de la aplicación de la ley antimonopolio especificadas por el Consejo de Estado serán responsables de la aplicación de la ley antimonopolio de conformidad con las disposiciones de esta Ley. El organismo de aplicación de la ley antimonopolio del Consejo de Estado podrá, en función de las necesidades laborales, autorizar a los organismos correspondientes de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central a ser responsables de la labor pertinente de aplicación de la ley antimonopolio. de conformidad con lo dispuesto en esta Ley. De las disposiciones anteriores se desprende que los organismos encargados de hacer cumplir la ley establecidos por esta ley no sólo implementan un sistema de liderazgo de dos niveles, sino que también involucran a muchos organismos, que pueden superponerse o superponerse.

7. Diferencias de principios seguidos en el ámbito de aplicación

Ley Anticompetencia Desleal: No se aplica el sistema de excepción, y todas las conductas de competencia desleal están sujetas a regulación. El artículo 3 de la Ley estipula: Los gobiernos populares en todos los niveles tomarán medidas para detener la competencia desleal y crear un buen ambiente y condiciones para la competencia leal. Los departamentos administrativos industriales y comerciales de los gobiernos populares a nivel de condado o superior supervisarán e inspeccionarán la competencia desleal cuando las leyes y reglamentos administrativos establezcan la supervisión e inspección por parte de otros departamentos, se aplicarán dichas disposiciones; El artículo 4 de la Ley estipula: El Estado alienta, apoya y protege a todas las organizaciones e individuos para que lleven a cabo una supervisión social de la competencia desleal. El personal de la agencia estatal no apoyará ni cubrirá prácticas de competencia desleal.

Ley antimonopolio: Se aplica el sistema de excepción, eximiendo algunas conductas monopólicas, como monopolio estatal, monopolio natural, etc. El artículo 7 de la Ley estipula: En las industrias en las que la economía estatal ocupa una posición de control relacionada con el sustento de la economía nacional y la seguridad nacional, así como en las industrias en las que la monopolización se implementa de conformidad con la ley, el Estado protegerá las actividades comerciales legítimas de sus operadores, y monitoreará los comportamientos comerciales de los operadores y Los precios de sus bienes y servicios serán supervisados ​​y controlados de conformidad con la ley para salvaguardar los intereses de los consumidores y promover el progreso tecnológico. Artículo 15: Si el operador puede acreditar que el acuerdo alcanzado se encuentra en alguna de las siguientes circunstancias, no se aplicará lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de esta Ley (tampoco se reconocerá como monopolio): (1) Investigación y desarrollo de nuevas tecnologías con el fin de mejorar la tecnología; (2) Para mejorar la calidad del producto, reducir costos, aumentar la eficiencia, unificar las especificaciones y estándares del producto, o implementar una división especializada del trabajo; (3) Para mejorar la eficiencia operativa de las pequeñas y medianas empresas; -operadores de tamaño y mejorar la competitividad de los operadores pequeños y medianos; (4) ) Para lograr intereses públicos sociales como la conservación de energía, protección del medio ambiente, ayuda en casos de desastre, etc. (5) Para aliviar una disminución grave o evidente de las ventas; sobreproducción debido a la crisis económica; (6) Para proteger el comercio exterior y la economía extranjera Intereses legítimos en la cooperación (7) Otras circunstancias estipuladas por la ley y el Consejo de Estado; Artículo 19, párrafo 2: En las circunstancias especificadas en los párrafos segundo y tercero del párrafo anterior, si la participación de mercado de cualquier operador es inferior a una décima parte, no se presumirá que el operador tiene una posición dominante en el mercado. Artículo 28: Si la concentración de operadores comerciales tiene o puede tener el efecto de eliminar o restringir la competencia, el organismo de aplicación de la ley antimonopolio del Consejo de Estado tomará una decisión para prohibir la concentración de operadores comerciales. Sin embargo, si los operadores comerciales pueden demostrar que el impacto beneficioso de la concentración sobre la competencia es significativamente mayor que el impacto adverso, o que redunda en interés del público, el organismo encargado de hacer cumplir la ley antimonopolio del Consejo de Estado puede tomar una decisión. no prohibir la concentración de operadores empresariales.

8. Diferencias de enfoque

Ley anticompetencia desleal: se centra en proteger los derechos de los operadores de buena fe y los intereses de microentidades específicas para mantener el orden de la competencia.

Ley Antimonopolio: Prestar atención a la estructura y participación del mercado, garantizar el derecho de las empresas a participar libremente en la competencia, mejorar la eficiencia económica y el bienestar social del consumidor, es proteger los intereses generales del país y la sociedad de un perspectiva macroeconómica.

Referencias:

1 "Economic Law" editado por Wang Xiaoye, Social Sciences Literature Press, edición de 2005.

2 "Ley de Competencia" editado por Zhong Mingzhao, Law Press, edición de 2005.

3 "Tutorial sobre derecho de la competencia" editado por Shao Jiandong, Intellectual Property Press, edición de 2003.

4 Wang Xiaoye, "El marco de la legislación antimonopolio de mi país", publicado en "Legal Research", número 4, 1996.

5 "Economic Law" editado por Li Changqi, China University of Political Science and Law Press, edición de 1999.

6 Sheng Jiemin, "Sobre el alcance de los ajustes a la ley antimonopolio de mi país", publicado en el número 3 de "Law Journal", 2005.