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Obligaciones de confidencialidad de los abogados en la Ley de Procedimiento Penal

El artículo 35 de la Ley de Procedimiento Penal establece que los defensores tienen la obligación de presentar materiales y dictámenes que demuestren la inocencia de los sospechosos e imputados, o que sus delitos son menores, o que su responsabilidad penal se reduce o exime, con base en los hechos y en el derecho. , para proteger los derechos e intereses legítimos de los sospechosos y acusados ​​de delitos.

Ley de Abogados

Artículo 31: Cuando el abogado actúe como defensor, deberá, con base en los hechos y en el derecho, proponer la absolución del sospechoso o imputado, recibir una sentencia más leve, o ser mitigado o exento de castigo penal. Materiales y opiniones responsables para proteger los derechos e intereses legítimos de los sospechosos y acusados ​​de delitos.

Artículo 32 El cliente podrá negarse al abogado confiado por él para que continúe defendiéndolo o representándolo, pudiendo al mismo tiempo confiar a otro abogado para que le sirva de defensor o agente.

Después de aceptar el encargo, el abogado no podrá negarse a la defensa o representación sin motivos justificados. Sin embargo, si el asunto encomendado es ilegal, el cliente utiliza los servicios prestados por el abogado para participar en actividades ilegales, o el cliente oculta deliberadamente hechos importantes relacionados con el caso, el abogado tiene derecho a negarse a defender o representar al cliente.

Artículo 38 Los abogados guardarán los secretos de Estado y los secretos comerciales conocidos durante su actividad profesional y no divulgarán la intimidad de sus clientes.

Los abogados mantendrán confidencial la información y los materiales que sus clientes y otras personas no estén dispuestos a revelar en el curso de sus actividades profesionales. Sin embargo, los hechos e información delictivos que ponen en peligro la seguridad nacional, la seguridad pública y otros delitos que ponen en grave peligro la seguridad personal y de propiedad de otros no se incluyen en esta lista.

Medidas para la Gestión del Ejercicio de los Abogados

Artículo 30: Cuando el abogado actúe como defensor, deberá, con base en los hechos y en el derecho, proponer que el penal el sospechoso o acusado sea absuelto, reciba una sentencia más leve, sea mitigado o exento de su caso. Proporcionar materiales y opiniones sobre responsabilidad penal y proteger los derechos e intereses legítimos de los sospechosos y acusados ​​de delitos.

Los abogados tienen la obligación de guardar confidencialidad, que es la ética profesional mínima. Como pastor, mantenga en secreto los hechos que escuche. "Sin embargo, excluyendo hechos e información delictivos que pongan en peligro la seguridad nacional, la seguridad pública y otros delitos que pongan en grave peligro la seguridad personal y de propiedad de otros, con base en los hechos y la ley, se propone que el sospechoso o acusado es inocente, dado". una sentencia más leve, o materiales y opiniones reducidos o exentos de responsabilidad penal para proteger los derechos e intereses legítimos de los sospechosos y acusados ​​de delitos. No debe hacer comentarios defensivos o que sean perjudiciales para el sospechoso.