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¿Está bien que los clientes en casos penales sean amigos?

El acusado en un caso penal puede confiar a un amigo para que actúe como su defensor.

Artículo 32 de la "Ley de Procedimiento Penal": Además de ejercer el derecho de defensa, los sospechosos e imputados también podrán confiar en una o dos personas como defensores. Se pueden encomendar como defensores a las siguientes personas:

(1) Abogados;

(2) Personas recomendadas por organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o imputado;

(3) Tutores, familiares y amigos de sospechosos e imputados de delitos.