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¿Puedo dejar de pagar el seguro de pensión después de 15 años?

No es necesario pagar el seguro de pensión después de 15 años. Podrás dejar de cotizar y solicitar la jubilación cuando cumplas la edad legal de jubilación. Sin embargo, al calcular las prestaciones de jubilación, se calcula en función del nivel del salario medio social del año anterior cuando se hayan cumplido 15 años de cotizaciones. No aumenta con los salarios medios sociales posteriores, por lo que no será muy alto. Si aún puedes pagar, seguirás pagando hasta que te jubiles. Después de 15 años, si estás desempleado, tienes derecho a no seguir pagando. Sin embargo, si usted está empleado en una empresa, las regulaciones pertinentes exigen que la empresa pague primas de seguro para la persona involucrada.

Los asegurados que hayan alcanzado la edad legal de jubilación y hayan pagado un seguro de pensión durante el número mínimo de años pueden solicitar las prestaciones del seguro de pensión al jubilarse. Por lo general, las primas del seguro de pensiones no se pueden retirar, salvo circunstancias especiales, como fallecimiento del asegurado, instalación en el extranjero, cumplimiento de la edad legal de jubilación pero inferior al plazo de pago, etc. El asegurado o sus familiares pueden solicitar una -retiro puntual del saldo de la cuenta personal del seguro de pensiones.

Base jurídica: Artículo 16 de la "Ley de Seguro Social de la República Popular China"

Las personas que participan en el seguro de pensión básico deben haber pagado cotizaciones acumuladas durante quince años cuando alcancen la edad legal de jubilación, reciben mensualmente una pensión básica. Las personas participantes en el seguro de pensión básica que hayan pagado menos de quince años de contribuciones acumuladas cuando alcancen la edad legal de jubilación pueden pagar durante quince años y recibir pensiones básicas mensualmente, también pueden transferirse al nuevo seguro de pensión social rural o residente urbano; seguro de pensiones sociales, disfrutan de los beneficios correspondientes del seguro de pensiones de conformidad con las normas del Consejo de Estado.