Las razones del abogado para rechazar la representación.
Leyes y normas pertinentes:
Artículos 35, 36 y 37 de la Ley de Procedimiento Penal:
Artículo 35 El defensor deberá, con base en los hechos y en el derecho , Proponer materiales y opiniones sobre si los sospechosos y acusados de delitos son inocentes, tienen delitos menores o reducen o eximen la responsabilidad penal, y salvaguardar los derechos de litigio y otros derechos e intereses legítimos de los sospechosos y acusados de delitos.
Artículo 36 Los abogados defensores pueden brindar asistencia jurídica a los sospechosos de delitos durante la investigación; representarlos en apelaciones y acusaciones; solicitar cambios en las medidas obligatorias; consultar con los organismos de investigación sobre las circunstancias relevantes del presunto delito; casos y presentar Opinión.
Artículo 37 Los abogados defensores podrán reunirse y comunicarse con los presuntos delincuentes y los acusados bajo custodia. Otros defensores también pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados bajo custodia con el permiso del Tribunal Popular y la Fiscalía Popular.