Aviso del Ministerio de Hacienda y del Ministerio de Tierras y Recursos sobre la emisión de las “Medidas para la Administración de los Derechos y Precios de Exploración y Derechos Mineros”
Artículo 1: Con el fin de salvaguardar la propiedad estatal de los recursos minerales y fortalecer la gestión de las regalías y precios de los derechos de exploración y minería, de conformidad con la "Ley de Recursos Minerales de la República Popular China" y la "Registro de Bloques de Exploración de Recursos Minerales" Estas Medidas se formulan de conformidad con las disposiciones pertinentes de las "Medidas Administrativas", "Medidas de Registro y Gestión de Explotación de Recursos Minerales" y "Medidas de Gestión para la Transferencia de Derechos de Exploración y Minería". Artículo 2 Al explorar y explotar recursos minerales dentro del territorio de la República Popular China y las aguas bajo su jurisdicción, todas las regalías y precios de los derechos de exploración y minería deben pagarse de acuerdo con las regulaciones. Artículo 3 Los derechos de exploración y las regalías por derechos mineros incluyen
(1) Las regalías por derechos de exploración. El Estado transfiere los derechos de exploración de recursos minerales a los titulares de los derechos de exploración y recauda regalías de los titulares de los derechos de exploración de acuerdo con las regulaciones.
(2) Regalías por derechos mineros. El Estado transfiere los derechos mineros de los recursos minerales a los titulares de los derechos mineros y recauda regalías de los titulares de los derechos mineros de conformidad con las regulaciones. Artículo 4 El precio de los derechos de exploración y los derechos mineros incluye
(1) El precio de los derechos de exploración. El Estado transfiere los derechos de exploración resultantes de su inversión en exploración a los titulares de los derechos de exploración y cobra el precio de los titulares de los derechos de exploración de acuerdo con las normas.
(2) Precio de los derechos mineros. El Estado transfiere los derechos mineros resultantes de su inversión en exploración a los titulares de los derechos mineros y cobra a los titulares de los derechos mineros de acuerdo con las regulaciones. Artículo 5 Normas para el cobro de regalías por derechos de exploración y derechos mineros
(1) Las regalías por derechos de exploración se calculan con base en el año de exploración y se pagan año por año según el área del bloque desde la primera exploración. año hasta el tercer año de exploración, la tarifa se paga todos los años. El pago anual por kilómetro cuadrado es de 100 RMB, que aumentará en 100 RMB por kilómetro cuadrado por año a partir del cuarto año de exploración, hasta un máximo de 500 RMB por año. kilómetro cuadrado por año.
(2) Las regalías por derechos mineros se pagan anualmente en función del área del área minera, 1.000 yuanes por kilómetro cuadrado por año. Artículo 6 Normas para el cobro del precio de los derechos de exploración y minería
El precio de los derechos de exploración y minería se pagará en una sola suma o en cuotas con base en el precio de evaluación confirmado por el departamento administrativo geológico y mineral de el Consejo de Estado, sin embargo, el período de pago más largo para el precio de los derechos de exploración y minería no excederá de 2 años, y el período máximo de pago de los derechos mineros no excederá de 6 años; Artículo 7 El organismo de registro y gestión de los derechos de exploración y minería es responsable de recaudar las regalías y los precios de los derechos de exploración y minería. Las regalías y derechos por derechos de exploración y minería serán pagados por los titulares de derechos de exploración y minería en el momento de tramitar el registro de exploración y minería o la inspección anual.
Cuando el titular del derecho de prospección y el titular del derecho minero realicen la prospección, registro minero o inspección anual, deberán pagar las regalías y precios de los derechos de exploración y minería directamente a la ""Cuenta financiera especial de derechos de exploración y regalías y precios de los derechos mineros”. El titular de los derechos de exploración y minería deberá acudir a la autoridad de registro y gestión para completar los trámites de registro con el recibo de pago del banco, y recibir el "Recibo Especial de Honorarios y Precios de los Derechos de Exploración y Minería" y el y licencia minera.
El departamento financiero imprime de manera uniforme los "recibos especiales por derechos de exploración y regalías y precios de derechos mineros". Artículo 8 Para los derechos de exploración y minería que caen dentro del alcance del registro y gestión por parte del departamento de geología y administración de minerales del Consejo de Estado, las regalías y tarifas serán recaudadas por la autoridad de registro del departamento de geología y administración de minerales del Consejo de Estado. y pagados al "Departamento de Finanzas de Precios y Tarifas de Uso de Derechos de Exploración y Minería" establecido por el Ministerio de Finanzas "Cuenta Especial" para los derechos de exploración y derechos mineros que están dentro del ámbito de registro y gestión por parte de la administración provincial de geología y minerales; departamento, las regalías y los precios serán recaudados por la autoridad de registro del departamento provincial de geología y administración de minerales y pagados a la "Cuenta financiera especial para derechos de uso y precios" abierta por el departamento de finanzas provincial. Artículo 9 Las regalías y los ingresos por precios de los derechos de exploración y minería se utilizarán exclusivamente para gastos de exploración, protección y gestión de recursos minerales. El departamento de geología y administración de minerales del Consejo de Estado y el departamento de geología y administración de minerales a nivel provincial propondrán. un plan de uso y presentarlo al departamento financiero al mismo nivel para su aprobación. Artículo 10 Los derechos por el uso de derechos de exploración y derechos mineros podrán utilizarse para cubrir gastos de gestión y comerciales para la aprobación y registro del uso de derechos de exploración y derechos mineros.
En el precio de los derechos de prospección y derechos mineros se pueden incluir los siguientes costos: honorarios de evaluación y confirmación de la transferencia de derechos de prospección y derechos mineros, honorarios de anuncios, honorarios de consultoría, comisiones de agencias intermediarias, alquiler del sitio y otros costos necesarios, tarifas, etc. Artículo 11 Cuando se transfieren los derechos de exploración y los derechos mineros realmente ocupados por una empresa de propiedad estatal y formados por exploración financiada por el estado, el precio de los derechos de exploración y los derechos mineros se puede transferir a la empresa en su totalidad o en parte con la aprobación. del Departamento Administrativo de Geología y Minerales del Consejo de Estado en colaboración con el Ministerio de Hacienda de la Capital Nacional.
Cuando se transfieran los derechos de exploración y los derechos mineros efectivamente ocupados por las unidades de exploración geológica de propiedad estatal y formados por la exploración financiada por el estado, el precio de los derechos de exploración y los derechos mineros se manejará de acuerdo con las regulaciones pertinentes. . Artículo 12 Cualquiera que no pague la tarifa de uso y el precio de los derechos de exploración y minería a tiempo según lo requerido, la autoridad de registro y gestión de los derechos de exploración y minería ordenará que pague dentro de los 30 días, y se le aplicará una tarifa por pago atrasado del 2 ‰. se cobrará diariamente a partir de la fecha del pago vencido, si el pago está vencido. Si aún no se realiza el pago, la licencia de exploración o la licencia minera será revocada por la autoridad de registro y gestión de los derechos de exploración y derechos mineros; Artículo 13 El departamento financiero y el departamento administrativo de geología y minerales fortalecerán efectivamente la gestión financiera y la supervisión de las regalías y los ingresos por precios de los derechos de exploración y minería, e inspeccionarán periódicamente el estado de las regalías y los ingresos por precios de los derechos de exploración y minería. Artículo 14 Estas Medidas serán interpretadas por el Ministerio de Finanzas y el Ministerio de Tierras y Recursos. Artículo 15 Estas Medidas entrarán en vigor a partir de la fecha de su promulgación. Los derechos de exploración, las regalías de los derechos mineros y los precios recaudados antes de la promulgación de estas Medidas se manejarán de conformidad con las disposiciones de estas Medidas.