Análisis de Caso Ley de Instrumentos Negociables Gracias
¿Dónde está Wang en el caso?
1/De hecho, reescribir el monto de la factura hará que la factura sea inaceptable.
Artículo 8 de la Ley de factura Cantidad de factura Registrada en letras mayúsculas chinas y números al mismo tiempo, los dos deben ser consistentes. Si son inconsistentes, la factura no será válida.
Artículo 9 Las materias registradas en el proyecto de ley deberán ajustarse a lo dispuesto en esta Ley.
El monto, la fecha y el nombre del beneficiario de la factura no se pueden cambiar y la factura modificada no es válida.
Para los demás conceptos inscritos en la factura, el registrador original podrá modificarla, debiendo certificar el cambio con la firma y sello del registrador original.
¡Se puede ver que una vez reescrito el monto de la factura, la factura dejará de ser válida y por supuesto se rechazará la aceptación!
2/Responsabilidad solidaria. quienes soportan la responsabilidad tienen derecho de repetición contra sus predecesores.
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Artículo 61 Si a una letra de cambio se le niega el pago a su vencimiento, el tenedor puede ejercitar el derecho de repetición contra el endosante, el librador y los demás deudores de la letra.
Antes de que expire la letra de cambio, si concurre alguna de las siguientes circunstancias, el tenedor también podrá ejercitar el derecho de repetición:
(1) Se rechaza la aceptación de la letra de cambio; (Nota: En este artículo son iguales las disposiciones para letras y letras de cambio)
Artículo 79 Si el tenedor del pagaré no presenta el pagaré para su presentación dentro del plazo señalado, perderá el derecho de repetición contra el predecesor distinto del librador.
Artículo 80: Además de lo dispuesto en este capítulo, al endoso, garantía, conducta de pago y ejercicio del derecho de repetición de los pagarés se aplicarán las disposiciones del Capítulo 2 de esta Ley sobre letras de cambio.
Artículo 66 El tenedor de la letra deberá, dentro de los 3 días siguientes a la fecha de recepción del correspondiente certificado de denegación de aceptación o de denegación de pago, notificar por escrito a su predecesor el motivo de su denegación; predecesor deberá notificarle por escrito dentro de los 3 días siguientes a la fecha de recepción de la notificación. El tenedor también podrá enviar notificación escrita a cada deudor de la letra al mismo tiempo.
Si la notificación no se realiza en el plazo señalado en el párrafo anterior, el portador aún podrá ejercitar el derecho de repetición. Si la demora en la notificación causa pérdidas al predecesor o al librador, el firmante de la letra que no haya notificado dentro del plazo prescrito será responsable de la indemnización de la pérdida, pero el monto de la compensación se limitará al monto de la factura.
Si la notificación se envía al domicilio legal o al domicilio acordado dentro del plazo señalado, la notificación se considerará emitida.
Artículo 67 La notificación escrita hecha de conformidad con el párrafo 1 del artículo anterior deberá indicar claramente las principales partidas registradas de la letra de cambio y explicar que la letra de cambio ha sido reembolsada.
Artículo 68 El librador, el endosante, el aceptante y el garante de una letra de cambio serán solidariamente responsables frente al tenedor.
El tenedor podrá ejercer el derecho de repetición contra cualquiera, varios o todos los deudores de letras sin seguir el orden de los deudores de letras.
Si el tenedor ha interpuesto recurso contra uno o más de los deudores de letras, aún podrá ejercitar el derecho de repetición contra otros deudores de letras. Una vez que el deudor haya liquidado su deuda, tendrá los mismos derechos que el tenedor del pagaré.
Artículo 69 Si el tenedor es el librador, no tiene derecho de repetición contra su predecesor. Si el portador es el endosante, no tiene recurso contra sus sucesores.
Artículo 70 Cuando el tenedor ejercite el derecho de repetición, podrá exigir del perseguido el pago de las siguientes cantidades y tasas:
(1) El importe de la letra que se pago rechazado;
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(2) Interés calculado sobre el monto de la letra desde la fecha de vencimiento o la fecha de presentación para el pago hasta la fecha de liquidación de acuerdo con la tasa de interés prescrita por el Banco Popular de China;
(3) Obtener los certificados de rechazo pertinentes y las tarifas por dar aviso.
Cuando el perseguido salde la deuda, el tenedor deberá entregarle la letra de cambio y el correspondiente comprobante de denegación, y expedir recibos por los intereses y comisiones recibidos.
Artículo 71 Una vez que el perseguido haya realizado el pago de conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior, podrá ejercitar el derecho de repetición contra otros deudores de letras y exigir a otros deudores de letras el pago de las siguientes cantidades y tasas. :
(1) El importe total que se ha reembolsado;
(2) El interés calculado sobre el importe indicado en el párrafo anterior desde la fecha de reembolso hasta la fecha de reembolso adicional. , calculado a la tasa de interés prescrita por el Banco Popular de China;
(3) Tarifas por emisión de notificaciones.
Cuando el perseguido que ejercite el derecho de repetición sea reembolsado, deberá entregarle la letra de cambio y la correspondiente prueba de denegación, y expedir recibos por los intereses y honorarios recibidos.
Artículo 72: Una vez que el perseguido paga sus deudas de conformidad con lo dispuesto en los dos primeros artículos, su responsabilidad queda liberada.