La aplicación jurídica de los contratos publicitarios en los contratos publicitarios
Los contratos de publicidad son contratos anónimos, y actualmente sólo se pueden aplicar las disposiciones pertinentes de los Principios Generales del Derecho Civil, los Principios Generales del Derecho de Contratos y la Ley de Publicidad.
1. Principios generales de aplicación jurídica en los contratos publicitarios
1) Para determinar la validez del contrato se aplicarán las disposiciones de otras leyes y los principios generales del derecho contractual. Por ejemplo, cuando un anunciante suscriba un contrato con una persona física industrial y comercial que no esté habilitada para el negocio publicitario para producir carteles publicitarios o cajas de luz para un determinado producto, se regirá por el artículo 123 de las Disposiciones Generales de la Ley de Contratos. , “Si otras leyes dispusieran lo contrario, se aplicarán dichas disposiciones. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Publicidad, se determina como un contrato de producción publicitaria, pero no puede determinarse como un contrato de compromiso de conformidad con lo establecido en un contrato denominado en”. la Ley de Contratos.
2) El contrato publicitario es un tipo de acto jurídico civil. A falta de disposiciones específicas en los Principios Generales del Derecho de Contratos, se aplicarán las disposiciones generales sobre actos jurídicos civiles contenidas en los Principios Generales del Derecho Civil. Por ejemplo, algunas ciudades ahora seleccionan a mujeres individuales como portavoces de la imagen de la ciudad y otorgan contratos con cierta remuneración. Debido a que no es similar a los contratos mencionados en los subprincipios del Derecho de Contratos, y no existen disposiciones específicas en los Principios Generales del Derecho de Contratos, solo se pueden aplicar las disposiciones generales sobre actos jurídicos civiles en los Principios Generales del Derecho Civil. .
3) Si los derechos y obligaciones de un contrato de publicidad son similares a uno o más tipos de contratos denominados previstos en las disposiciones especiales de la Ley de Contratos, la ley podrá aplicarse con referencia a las disposiciones pertinentes.
2. Aplicación legal de varias formas especiales de contratos publicitarios
Los contratos publicitarios se pueden subdividir en contratos publicitarios anónimos puros, contratos publicitarios anónimos conjuntos y contratos publicitarios anónimos mixtos según su naturaleza real. condiciones.
1) La aplicación jurídica de los contratos de publicidad puramente anónima. Un contrato de publicidad puramente anónimo se refiere a un contrato que contiene asuntos que no están regulados por la ley, es decir, el contenido del contrato no cumple ni puede participar en ningún requisito contractual típico. Por ejemplo, un contrato en el que los retratos, imágenes y actuaciones de algunas estrellas de cine y televisión, estrellas del deporte y cantantes famosos se utilizan para promocionar productos y se otorga una determinada cantidad de remuneración en determinados anuncios de productos es un contrato de publicidad puramente anónimo. . Este tipo de contrato publicitario no es similar a un contrato denominado en el Derecho de Contratos, por lo que sólo puede manejarse por lo dispuesto en los Principios Generales del Derecho de Contratos y los Principios Generales del Derecho Civil en materia de actos jurídicos civiles. La atención se centra principalmente en juzgar la validez del contrato. Si los términos acordados por las partes no son claros o necesitan ser complementados, pueden aplicarse las reglas sobre interpretación del contrato.
2) La aplicación legal del Contrato de Publicidad de Lianli Wuming. El contrato publicitario de Lianli Wuming se refiere a la relación entre varios contratos publicitarios que se combinan entre sí. Una situación es una combinación simple de apariencia, es decir, varios contratos independientes se combinan sólo debido al acto de contratación y no tienen dependencia entre sí. En este caso, se deben aplicar las respectivas especificaciones del contrato. Por ejemplo, cuando un anunciante firma un estudio de mercado publicitario, planificación publicitaria y contrato de producción para un determinado producto con un operador de publicidad, están involucradas respectivamente las disposiciones del contrato de encomienda y del contrato de compromiso en la legislación contractual aplicable. Otra situación es que según la intención de las partes, la validez o existencia de un contrato depende de la validez o existencia de otro contrato. En este caso, es necesario juzgar por separado si cada contrato es válido y establecido. Sin embargo, en términos de validez, si el contrato dependiente no se establece, es inválido, revocado o rescindido, el contrato dependiente correrá la misma suerte.
3) Aplicación jurídica de los contratos híbridos de publicidad anónima. El llamado contrato publicitario anónimo híbrido es un contrato compuesto por partes de varios contratos publicitarios. Es de naturaleza única. Hay aproximadamente cuatro tipos:
Primero, a un contrato publicitario típico se le adjuntan otros tipos de obligaciones de subpago, es decir, los pagos propuestos por ambas partes cumplen con el contrato típico, pero una de las partes está sujeta. con otros tipos de obligaciones de subpago. Por ejemplo, el anunciante A confía al operador de publicidad B la producción de anuncios para sus productos y toma prestada la caja de luz publicitaria de B para publicar anuncios durante un período de un mes, y devuelve la caja de luz después de su uso. Entre ellos, el contrato de producción publicitaria es la parte principal y los componentes del contrato de préstamo de cajas de luz son partes no principales.
El segundo es un contrato publicitario de combinación de tipos, es decir, las diversas obligaciones de pago a cargo de una parte pertenecen a diferentes tipos de contrato y tienen el mismo valor entre sí, mientras que la otra parte solo es responsable por un pago único o no es responsable de ningún Tratamiento de beneficios (como contratos de publicidad de servicio público).
El tercero es un contrato publicitario doble típico, es decir, un contrato en el que se pagan los beneficios adeudados por ambos. Las partes pertenecen a diferentes tipos de contratos. Por ejemplo, una estación de radio y televisión publica un contrato para el anunciante de ropa de B. Para un anuncio de ropa, B proporciona un conjunto de ropa de una determinada marca a todos los presentadores de programas de A de forma gratuita. La obligación es parte del contrato de publicidad y la obligación de pago de B pertenece al contrato de obsequio.
En este sentido, deberán aplicarse respectivamente las disposiciones de cada tipo de contrato tipo.
El cuarto es un contrato publicitario de tipo integrado, es decir, un contrato en el que los componentes contenidos en un contrato publicitario pertenecen a diferentes tipos de contrato al mismo tiempo. Por ejemplo, si una estación de televisión A organiza, produce y publica un anuncio de producto para un anunciante de producto B, la obligación de pago de A pertenece tanto a la producción como al lanzamiento publicitario. A este respecto se aplicará, en principio, el doble pliego de condiciones típico del contrato.
Cuestiones a las que se debe prestar atención al aplicar la ley a los contratos publicitarios:
1. Los contratos publicitarios son contratos sin nombre. Al aplicar la ley se estará a lo dispuesto en los Principios Generales de la Ley. Se deben seguir estrictamente el derecho civil y los principios generales del derecho contractual. Preste atención a la diferencia entre contratos publicitarios y contratos similares conocidos y concéntrese en la validez del contrato.
2. Una vez determinado que el contrato de publicidad es un contrato válido y resulta difícil distinguir el tipo de contrato, se debe prestar atención a la aplicación de los principios de interpretación del contrato. Si fuera necesario complementar el contrato, se podrán aplicar las disposiciones más similares de los subprincipios de la Ley de Contratos, pudiendo también aplicarse lo dispuesto en los artículos 61 y 62 de los Principios Generales de la Ley de Contratos.
3. Si el contrato de publicidad es un contrato remunerado, se podrá hacer referencia a las disposiciones pertinentes del contrato de compraventa, independientemente de que los derechos y obligaciones del contrato de publicidad sean similares a los del contrato de compraventa.
4. El criterio para juzgar si un contrato de publicidad es más similar a un contrato designado en la Ley de Contratos se basará en qué contrato designado son más los tipos de obligaciones de pago de principal de ambas partes en el contrato de publicidad. similar a.