Reglamento sobre el manejo de explosivos subterráneos y cajas detonadoras
Artículo 295: Almacenamiento de materiales explosivos, estructura de construcción del almacén permanente de materiales explosivos sobre el suelo (incluido el almacén enterrado permanente) y diversas medidas de protección, seguridad interna y externa del área de almacenamiento general Distancia, etc. cumplir con las regulaciones nacionales pertinentes.
El personal que entre en contacto con materiales explosivos encima o debajo del pozo deberá utilizar ropa de algodón o antiestática.
Artículo 296: Para un almacén general en zona minera con planta de fabricación de material explosivo, la capacidad total de todos los almacenes para almacenar explosivos diversos no excederá la capacidad de producción de un mes de la planta, y la La capacidad total de los detonadores no excederá la capacidad de producción de 3 meses. Para un almacén general en una zona minera sin una planta de fabricación de materiales explosivos, la capacidad total de todos los almacenes para almacenar diversos explosivos no excederá la demanda planificada para dos meses de la mina suministrada por el almacén, y la capacidad total de detonadores no exceder la demanda planificada para 6 meses. La capacidad máxima de un solo almacén: los explosivos no deben exceder las 200 toneladas y los detonadores no deben exceder los 5 millones de cartuchos.
La capacidad total de almacenamiento de materiales explosivos en todos los almacenes de la rama terrestre: los explosivos no excederán las 75 toneladas y los detonadores no excederán las 250.000 balas. La capacidad explosiva máxima de un único almacén no excederá las 25 t. La cantidad de diversos materiales explosivos almacenados en el subalmacén sobre el suelo no excederá las necesidades planificadas para tres meses de la mina suministrada por el almacén.
Artículo 297 Al excavar una excavación o utilizar una excavación antigua como depósito de material explosivo, se deberán observar las siguientes normas:
(1) La excavación deberá estar equipada con un frente Hay 2 puertas abiertas, la primera puerta de afuera hacia adentro es una puerta de madera revestida de hierro y la segunda puerta es una puerta de cerca.
(2) Cuando la distancia entre la entrada de la cueva y la cueva de almacenamiento más cercana supere los 15 m, debe haber dos entradas.
(3) Se debe instalar un terraplén horizontal frente a la abertura de la cueva. El terraplén horizontal debe ser 1,5 m más alto que la abertura de la cueva. La longitud de la parte superior del terraplén horizontal no debe ser menor. de 3 veces el ancho de la abertura de la cueva, y el espesor de la parte superior no será inferior a 1 m. La longitud del fondo y el espesor del terraplén horizontal deben determinarse de acuerdo con el ángulo de reposo de los materiales de construcción utilizados.
(4) El piso del almacén debe ser más alto que el piso del túnel que conduce al almacén de materiales explosivos. La pendiente del túnel desde la entrada al almacén es del 5 ‰, y debe haber. Se puede colocar una zanja de drenaje cubierta en el túnel, pero no en la cueva.
(5) Además de los túneles para el transporte de materiales explosivos, también deberán existir túneles de ventilación (perforaciones, pozos exploratorios o socavones), debiendo disponerse sus entradas y equipos de ventilación dentro del muro del recinto.
(6) El almacén deberá estar sustentado sobre materiales no combustibles. Cuando se utilice iluminación fija en el túnel, el interruptor deberá ubicarse en el suelo.
(7) Cuando el espesor de la capa de cobertura del almacén de material explosivo sea inferior a 10 m, se deberá instalar equipo de protección contra rayos.
(8) La inspección de los detonadores eléctricos debe realizarse en una habitación o cueva especial con instalaciones de seguridad fuera de la cueva de almacenamiento de materiales explosivos.
Artículo 298: Cada tipo de materiales explosivos se almacenarán en un almacén exclusivo, sin embargo, cuando las condiciones sean limitadas, podrán almacenarse de acuerdo con las normas nacionales sobre almacenamiento en el mismo almacén.
En cada marco del bastidor de madera para almacenamiento de materiales explosivos sólo se puede colocar una capa de cajas de material explosivo.
Artículo 299: Los depósitos terrestres de materiales explosivos deberán contar con salas dedicadas o cuartos separados para la distribución de materiales explosivos. En la sala de distribución de explosivos de la sucursal se pueden almacenar temporalmente las cajas vacías de explosivos y los detonadores. Al dispensar detonadores en la sala de dispensación de detonadores de la sucursal, se debe realizar sobre una mesa cubierta con un cojín suave conductor y con bordes elevados.
Artículo 300: Capacidad máxima de un almacén temporal terrestre de materiales explosivos con una vida útil inferior a 2 años: los explosivos no excederán de 3 toneladas, los detonadores no excederán de 10.000 disparos, y No exceder en la unidad de suministro del almacén durante 10 días la cantidad requerida.
El almacén debe estar ubicado en un lugar seco y debe disponer de buenas medidas de ventilación y protección contra la humedad.
Se deberán establecer cercas o alambres de púas alrededor de los almacenes temporales de material explosivo en el suelo, con una altura no menor a 2m, y la distancia entre las paredes o alambres de púas y los almacenes no deberá ser menor a 5m.
Las distancias de seguridad interiores y exteriores, el alumbrado, las medidas de prevención de incendios y protección contra el rayo y los sistemas de gestión de los depósitos terrestres temporales de material explosivo son los mismos que los de los depósitos terrestres permanentes de material explosivo.
Artículo 301: Cuando se almacenen temporalmente materiales explosivos para su uso el mismo día en el terreno, podrán almacenarse en galpones, carpas, cuevas u otros lugares, debiendo observarse las siguientes normas:
(1) La caja de material explosivo debe estar cubierta con lona para protegerla de la lluvia y el sol, y debe haber una almohadilla con un espesor de más de 200 mm debajo de la caja.
(2) Los explosivos no deben exceder las 3 toneladas y los detonadores no deben exceder las 10.000 balas. Los detonadores que no estén en cajas deben colocarse en una caja especial cerrada con llave. El detonador debe colocarse a 25 m de distancia del explosivo.
(3) La distancia de seguridad entre el lugar donde se guardan los materiales explosivos y los edificios habitados, carreteras, vías férreas, etc. debe cumplir con la normativa nacional.
(4) El lugar donde se guarden los materiales explosivos deberá estar rodeado de vallas o alambre de púas y vigilado por guardias día y noche.
Artículo 302 Al excavar un pozo o socavón, se podrá añadir un terraplén horizontal a 50 m de la entrada del pozo o socavón y de los edificios principales circundantes, o una casa especial o túnel sin terraplén horizontal a 250 m de distancia. Se pueden instalar materiales explosivos para un día de uso en el interior, pero la capacidad máxima de almacenamiento de explosivos no excederá los 500 kg.
Artículo 303: El almacén subterráneo de material explosivo adoptará el tipo cámara o tipo artesa de pared.
Los materiales explosivos deberán almacenarse en cámaras o cubetas de pared, y la distancia entre cámaras o cubetas de pared deberá cumplir con la normativa de distancia de seguridad para materiales explosivos.
El almacén subterráneo de materiales explosivos debe incluir un almacén, cámaras auxiliares y túneles de acceso al almacén. En la cámara auxiliar, debe haber una cámara especial para verificar la resistencia total del detonador eléctrico, distribuir explosivos, serializar el detonador eléctrico y almacenar la caja de material explosivo de aire y el detonador del detonador.
La disposición de los almacenes subterráneos de material explosivo del artículo 304 debe cumplir los siguientes requisitos:
(1) El almacén está ubicado lejos del pozo, el fondo del pozo, el transporte principal carriles, las cámaras principales y La distancia normal de la puerta de aire que afecta la ventilación de toda la mina o de la mayoría de las áreas mineras: el tipo de cámara no debe ser inferior a 100 m, y el tipo de pared no debe ser inferior a 60 m.
(2) La distancia normal entre el almacén y el carril peatonal: no menos de 35 m para el tipo cueva y no menos de 20 m para el tipo pared.
(3) La distancia normal entre el almacén y el suelo o los carriles superior e inferior: no menos de 30 m para el tipo cueva, y no menos de 15 m para el tipo pared.
(4) El almacén y los carriles exteriores deben estar conectados mediante tres carriles de conexión en ángulo recto entre sí. La intersección de los túneles conectados debe ampliarse en 2 m y el área de la sección transversal no debe ser inferior a 4 m2. Al final de los túneles conectados, se debe instalar una pared divisoria de caja de arena. La sección extendida de los túneles conectados no debe ampliarse. utilizarse como cámara auxiliar. Se deben instalar paredes de bloqueo de olas en forma de dientes en los puntos de conexión entre los pasajes en ambos extremos del almacén y el almacén.
(5) Cada almacén de materiales explosivos debe tener dos salidas. Una salida es para la distribución de materiales explosivos y un extremo de la salida debe estar equipado con una válvula antichoque que pueda cerrarse automáticamente. la otra salida está dispuesta en la zona de explosión. En el lado de retorno del almacén de materiales se pueden colocar vías para el transporte de materiales explosivos. En la conexión entre la salida y el almacén se debe instalar una puerta sellada resistente a las ondas de choque.
(6) El piso del almacén debe ser más alto que el piso del carril externo, y se deben establecer zanjas en el almacén y los pasillos.
Artículo 305: Los depósitos subterráneos de materiales explosivos deberán construirse con mampostería o sustentarse en materiales no metálicos e incombustibles, no deberán filtrarse agua y se tomarán medidas a prueba de humedad. Los túneles a ambos lados de la salida del almacén de material explosivo deberán estar construidos con mampostería o sustentados con materiales no combustibles, y la longitud de apoyo no será inferior a 5 m. El almacén deberá estar equipado con una cantidad suficiente de material contra incendios.
Artículo 306 La capacidad máxima de almacenamiento de los depósitos subterráneos de material explosivo no excederá los requerimientos de explosivos de tres días de la mina y los requerimientos de detonador eléctrico de diez días.
Los explosivos y detonadores eléctricos en los depósitos subterráneos de material explosivo deberán almacenarse por separado.
La cantidad de explosivos almacenados en cada cámara no excederá las 2 toneladas, y la cantidad de detonadores eléctricos no excederá las necesidades de 10 días; la cantidad de explosivos almacenados en cada ranura de la pared no excederá los 400 kg; La cantidad de detonadores eléctricos no excederá las necesidades de 2 días.
La cámara de emisión de material explosivo del almacén está permitida para almacenar explosivos listos para su despacho, pero la capacidad máxima de almacenamiento no deberá exceder las 3 cajas.
Artículo 307: Podrán instalarse túneles de distribución de material explosivo en minas con producción multinivel, en minas donde el almacén subterráneo de material explosivo esté a más de 2,5 kilómetros del lugar de trabajo de voladura, y en minas donde no existe un almacén subterráneo de material explosivo, pero debe cumplir con las siguientes normas:
(1) El cuarto de distribución debe estar ubicado en un túnel exclusivo con flujo de aire independiente y alejado de la línea normal. del túnel utilizado no será inferior a 25 m.
(2) La capacidad de almacenamiento de materiales explosivos en la cámara de distribución no excederá el suministro de un día y la cantidad de explosivos no excederá los 400 kg.
(3) Los explosivos y detonadores eléctricos deben almacenarse por separado y separados por paredes de ladrillo u hormigón de no menos de 240 mm de espesor.
(4) La cámara de distribución debe tener una sala de distribución separada, y la salida de la cámara de distribución debe estar equipada con una válvula antichoque que pueda cerrarse automáticamente.
(5) La cámara temporal de distribución de material explosivo durante la construcción del pozo debe tener un flujo de viento independiente. Se deben implementar medidas de seguridad para evitar la explosión de materiales explosivos.
(6) El sistema de gestión deberá ser el mismo que el del depósito subterráneo de material explosivo.
Artículo 308: Los almacenes subterráneos de material explosivo deben utilizar equipos de iluminación mineros a prueba de explosiones (excepto minería del tipo de mayor seguridad). Las líneas de iluminación deben utilizar cables retardantes de llama y el voltaje no debe exceder los 127 V. Está estrictamente prohibido instalar luces en cámaras o comederos de pared donde se almacenen materiales explosivos.
Para almacenes de materiales explosivos sin equipo de iluminación fijo se pueden utilizar lámparas de minero con funda aislante.
No se permite a ninguna persona llevar una lámpara de minero al almacén subterráneo de materiales explosivos. Cuando hay un obstáculo en los equipos de iluminación o líneas en el almacén, el personal de mantenimiento puede utilizar lámparas de minero con fundas aislantes para ingresar al almacén y trabajar bajo la supervisión de los gerentes de almacén.
Artículo 309: Las empresas mineras de carbón deberán establecer un sistema de recepción y devolución de materiales explosivos, un sistema de numeración de detonadores eléctricos y métodos para el manejo de materiales explosivos extraviados.
Antes de enviarlos a los detonadores, los detonadores eléctricos (incluidos los que se retiran del almacenamiento) deben inspeccionarse uno por uno para determinar su resistencia total utilizando un detector de detonadores eléctricos, y los cables de las patas deben torcerse para provocar cortocircuitos. Queda estrictamente prohibida la distribución de detonadores eléctricos con resistencia no calificada.
Las empresas mineras del carbón deberán establecer un sistema de destrucción de materiales explosivos de acuerdo con la normativa sobre gestión de explosivos civiles