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¿Cuándo en un encuentro se puede ejercer el derecho a la defensa ilimitada?

Subjetividad jurídica:

Puede ejercer el derecho de defensa ilimitada cuando se encuentre en las siguientes situaciones: por agresión continuada, asesinato, robo, violación, secuestro y otros delitos violentos que pongan en grave peligro las personas. seguridad, Tomando acciones defensivas, causando bajas al infractor. Objetividad jurídica:

El artículo 20 de la "Ley Penal" tiene como objetivo prevenir la infracción ilegal con el fin de proteger los intereses del Estado, el público y los derechos personales, de propiedad y otros derechos de uno mismo o de otros frente a continuaciones. Infracción ilegal Si un acto de infracción causa daño al intruso ilegal, se considera legítima defensa y no generará responsabilidad penal. Si la legítima defensa excede manifiestamente el límite necesario y causa un daño grave, incurrirá en responsabilidad penal, pero se le reducirá o eximirá la pena. Si una persona toma acciones defensivas contra un asalto, asesinato, robo, violación, secuestro u otro delito violento en curso que ponga en grave peligro la seguridad personal, resultando en víctimas o víctimas, no constituye una defensa excesiva y no será considerada penalmente responsable.