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¿Debería el marido asumir la responsabilidad si su esposa comete fraude?

La esposa es culpable de fraude. Si el marido no lo sabe, entonces no necesita asumir responsabilidad legal. La responsabilidad penal será asumida por el propio delincuente y sus familiares no estarán involucrados. Según la ley, quien defraude la propiedad pública o privada y la cuantía sea relativamente elevada será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión o vigilancia penal, y también o únicamente multa.

Si el marido comete fraude, la mujer será solidariamente responsable, en la siguiente forma:

1. Si el marido comete fraude, si la mujer participa en él, o se encubre o protege a su marido, ella quedará implicada;

2. Si la esposa no sabe nada sobre el delito de fraude de su marido y no brinda ninguna ayuda, definitivamente no participará;

3. Los que cometan fraude serán condenados generalmente a pena fijada no superior a tres años de prisión, prisión preventiva o vigilancia, pudiendo ser castigados también o únicamente con multa.

Las penas por fraude son las siguientes:

1 El que defraudare bienes públicos o privados en cantidad relativamente importante será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años. , detención penal o vigilancia, y será también o únicamente multado;

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2 Si la cantidad es elevada o concurren otras circunstancias graves, será condenado a pena privativa de libertad de duración determinada de no menos de tres años pero no más de diez años, y también será multado;

3 si la cantidad es especialmente elevada o concurren otras circunstancias especialmente graves, será condenado a pena privativa de libertad de duración determinada; no menor de diez años o cadena perpetua, y también será multado o confiscado sus bienes.

Los elementos constitutivos de la defraudación son:

1. Elementos del objeto: El objeto del delito de defraudación es la propiedad de bienes públicos y privados. Se limitará a los bienes del Estado, colectivos o individuales, y no defraudará otros beneficios ilegales. Su objetivo también debe excluir los préstamos de instituciones financieras;

2. Elementos objetivos: El delito de fraude se manifiesta objetivamente en el uso de métodos fraudulentos para defraudar grandes cantidades de propiedad pública y privada;

(1) Comportamiento Las personas cometen fraude. Formalmente hablando, el fraude incluye dos tipos, uno es fabricar hechos y el otro es ocultar la verdad, los cuales son esencialmente comportamientos que llevan a la víctima a un malentendido;

(2) Usos del fraude La otra parte tiene una comprensión equivocada. El malentendido de la otra parte es causado por el comportamiento fraudulento del perpetrador. Incluso si la otra parte tiene ciertos errores de juicio, eso no impide el establecimiento del fraude;

(3) El delito de fraude requiere. la víctima actúe después de caer en el malentendido. Enajenación de bienes;

(4) Después de que la víctima dispone de bienes por medios fraudulentos, el perpetrador obtiene los bienes, dañando así los bienes de la víctima. Es un delito defraudar la propiedad pública o privada en grandes cantidades.

3.Requisitos del sujeto: El sujeto del delito de estafa es un sujeto general, puede cometer el delito de estafa cualquier persona física que haya alcanzado la edad legal de responsabilidad penal y tenga capacidad para cometer responsabilidad penal. .

4. Elementos subjetivos: El delito de estafa se manifiesta subjetivamente como intención directa, con el fin de poseer ilícitamente bienes públicos y privados.

Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. Si tiene alguna otra pregunta, consulte a un abogado profesional.

Base jurídica: Artículo 266 de la Ley Penal

Quien defraude bienes públicos o privados, si la cuantía es relativamente importante, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años, detención penal o vigilancia pública, y será también o únicamente multada si la cuantía es elevada o concurren otras circunstancias graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años; y también será multado si la cantidad es especialmente elevada o concurren otras circunstancias especialmente graves, será condenado a pena de prisión no menor de diez años o cadena perpetua, y también será multado o confiscado sus bienes; . Si esta ley dispone lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.