¿Deberían las normas contables para las pequeñas empresas prever fondos sindicales?
1. Según las Normas de Contabilidad para Pequeñas Empresas, la acumulación y el tratamiento contable de los fondos de educación de los empleados y los fondos de los sindicatos son los mismos que los de las Normas de Contabilidad Empresarial. Las provisiones se harán a una tasa que no exceda el 2,5% y el 2% del salario total, respectivamente, y se reconocerán como "beneficios a los empleados pagaderos" y se incluirán en las cuentas de costos y gastos pertinentes según los beneficiarios de los servicios prestados por los empleados.
II. Las disposiciones específicas son las siguientes
1. Disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta
(1) Gastos de bienestar de los empleados, fondos sindicales y empleados. Los fondos para educación incurridos por la empresa se deducirán de acuerdo con la norma. Si el monto no excede el estándar, se deducirá de acuerdo con el monto real. Si excede el estándar de deducción, solo se podrá deducir de acuerdo con el estándar.
(2) Se permite deducir la cantidad de fondos sindicales asignados por la empresa que no exceda el 2% del total de sueldos y salarios.
(3) A menos que las autoridades financieras y fiscales del Consejo de Estado estipulen lo contrario, los gastos de educación de los empleados incurridos por la empresa no excederán el 2,5% del total de sueldos y salarios, y se permitirá que sean deducirse; el exceso se permitirá deducir en el futuro las deducciones arrastradas durante el ejercicio fiscal.
2. Las "Normas de contabilidad para pequeñas empresas" estipulan que la remuneración de los empleados de las pequeñas empresas incluye: salarios, bonificaciones, asignaciones y subsidios, tasas de bienestar de los empleados, "cinco seguros y un fondo", fondos sindicales y fondos de educación de los empleados, beneficios no monetarios, compensaciones por terminación de la relación laboral con los empleados y otros gastos relacionados con la obtención de servicios prestados por los empleados.
Las pequeñas empresas deben reconocer los beneficios a los empleados pagaderos como pasivos durante el período contable cuando los empleados les brindan servicios, y realizar tratamientos contables de acuerdo con las siguientes situaciones con base en los beneficiarios de los servicios brindados por los empleados:
(1) Los salarios de los empleados que deben ser sufragados por la producción de productos y la prestación de servicios laborales se incluirán en el costo del producto o costo laboral.
(2) Los salarios de los empleados que deban ser sufragados por proyectos en construcción y proyectos de desarrollo de activos intangibles se incluirán en el costo de los activos fijos o activos intangibles.
(3) Otros beneficios a los empleados (incluida la compensación por terminar la relación laboral con los empleados) se incluirán en las pérdidas y ganancias corrientes.
3. Procesamiento contable de los fondos de educación de los empleados y fondos sindicales:
(1) Al realizar la provisión
Débito: costos de producción (gastos de fabricación), mano de obra Costo
Gastos administrativos, gastos de ventas
Construcción en curso, gastos de I+D, etc.
Crédito: beneficios a los empleados a pagar
(2 ) Pago Cuando los fondos sindicales y los fondos de educación de los empleados se utilizan para actividades sindicales y capacitación de los empleados:
Débito: salarios pagaderos de los empleados
Crédito: depósitos bancarios