¿Cómo demostrar que un operador vende a sabiendas productos que infringen los derechos exclusivos de una marca registrada? El párrafo 2 del artículo 60 de la nueva Ley de Marcas estipula que si vende productos de los que no se sabe que infringen los derechos exclusivos de una marca registrada y puede demostrar que ha obtenido legalmente los productos y se lo ha explicado al proveedor, el industrial y el departamento de administración comercial le ordenará que deje de venderlos. En la práctica, existen algunos problemas con la aplicación y comprensión específicas de esta disposición por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. La antigua Ley de Marcas penalizaba a los operadores por vender productos que infringieran los derechos exclusivos de las marcas registradas, sin distinguir si los operadores tenían conocimiento de esta situación. El párrafo 2 del artículo 60 de la nueva Ley de Marcas estipula que si vende productos de los que no se sabe que infringen los derechos exclusivos de una marca registrada y puede demostrar que ha obtenido legalmente los productos y se lo ha explicado al proveedor, el industrial y el departamento de administración comercial le ordenará que deje de venderlos. En la práctica, existen algunos problemas con la aplicación y comprensión específicas de esta disposición por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Pregunta 1: Siempre que el operador pueda demostrar que la mercancía se obtuvo legalmente y explicar al proveedor, ¿solo se le puede ordenar que deje de vender, pero no se le puede multar ni confiscar? "Si puedes demostrar que has obtenido la mercancía legalmente y explicárselo al proveedor, el departamento de administración industrial y comercial te ordenará que dejes de vender" es un requisito previo. La premisa es que los bienes vendidos por el operador constituyen una infracción, pero no hay evidencia de que el operador sepa, o hay evidencia de que el operador no sabe que los bienes vendidos son bienes infractores. Si se cumple este requisito previo y el operador puede demostrar que la mercancía fue obtenida legalmente por él mismo y explicada al proveedor, entonces el departamento de administración industrial y comercial puede tomar la decisión de suspender las ventas sin imponer multas ni sanciones de confiscación, en lugar de demostrar que la la mercancía es suya, si se obtiene legalmente y se explica al proveedor, se puede demostrar que el operador no lo sabía. En otras palabras, aunque el operador puede demostrar que los bienes se obtuvieron legalmente y explicar al proveedor, la agencia que maneja el caso aún necesita averiguar si el operador sabe que los bienes que vende son bienes infractores. Pregunta 2: ¿Cómo demostrar que la parte interesada sabe que está vendiendo productos infractores? Si el operador sabía o debería haber sabido que los bienes vendidos eran bienes infractores. En la investigación y el manejo de casos específicos, se determinó de manera integral que los bienes vendidos por el operador constituían una infracción y continuaron vendiéndose después de que se les ordenara detener las ventas. el departamento industrial y comercial; o las mercancías infractoras fueron ordenadas por el departamento industrial y comercial procesadas y vendidas. El vendedor compra productos directamente de un estudio de falsificación sellado, o se verifica que está relacionado con un estudio de falsificación. El operador lleva mucho tiempo vendiendo una determinada marca de producto, pero de repente cambia el canal de compra y no puede ofrecer un proveedor claro. Por lo general, los extraños "entregan la mercancía a su puerta" y los operadores están ávidos de pequeñas ventajas. El operador se dedica al negocio de una determinada marca de productos durante mucho tiempo y está familiarizado con el precio de mercado de los productos, pero el precio de los productos comprados esta vez es obviamente bajo o el tiempo de compra no es normal. Horario comercial. Muestre productos genuinos en la tienda, pero almacene los productos infractores en otros lugares ocultos. Una tienda franquiciada, una tienda especializada o un agente de una determinada marca vende productos falsificados e infractores de esa marca. El vendedor no cumplió con su obligación de revisar la calidad de los productos entrantes, no estableció ni implementó un sistema de inspección y aceptación de entrada y no verificó la certificación del producto y otras marcas. Las etiquetas y el embalaje de los productos falsificados eran obviamente diferentes de los de los productos falsificados. productos genuinos. Los productos vendidos son "marcas famosas" (el uso de logotipos similares en productos similares o el uso de la misma marca en productos similares) es suficiente para causar malentendidos entre los consumidores, pero los operadores pueden distinguirlos correctamente. Por ejemplo, venden detergente en polvo "Zhoujia" y lo hacen pasar por detergente en polvo "Diaopai". Ha habido quejas de los consumidores sobre las devoluciones y es de esperar que haya problemas con el producto.
Transferir o destruir pruebas (bienes) durante la investigación por parte de las autoridades industriales y comerciales. Aunque los vendedores pueden proporcionar contratos de venta de productos, facturas, proveedores, etc. , entonces la verificación es falsa. Si hay evidencia de que el operador sabe que los productos que vende son productos que infringen la marca registrada, y los productos que vende usan la misma marca registrada en los mismos productos, y el monto de las ventas individuales es más de 100.000 yuanes, y el monto de las ventas unitarias es más de 500.000 yuanes, debería transferirse a las agencias de seguridad pública. Pregunta 3: ¿Qué pasa si la parte involucrada en el caso es un productor? El párrafo 2 del artículo 60 de la Ley de Marcas estipula que los vendedores venden productos infractores. Sin embargo, un fabricante también puede ser vendedor. Siempre que se verifique que los bienes producidos por el fabricante se venden en el mercado interno, se aplica el artículo 57 de la Ley de Marcas. “Quien cometa cualquiera de los siguientes actos infringirá el derecho exclusivo de uso de una marca registrada: (1) Usar la misma marca que la marca registrada en el mismo producto sin el permiso del registrante de la marca” si también se tienen registros de ventas; verificado, el fabricante es Los Vendedores que venden mercancías que constituyen infracción serán tratados de conformidad con el artículo 60 de la Ley de Marcas. Pregunta 4: La parte interesada no sabe que está vendiendo productos infractores, pero ¿qué pasa con los productos que han sido incautados? El artículo 62 de la Ley de Marcas estipula que los artículos que se demuestre que infringen los derechos exclusivos de otros para registrar marcas podrán ser sellados o retenidos si hay pruebas. El requisito previo para tomar medidas de incautación es que existan pruebas que demuestren la infracción, pero el requisito previo para sanciones como multas y confiscación es que el operador "sabe" que se están vendiendo mercancías infractoras. En otras palabras, se puede probar que los bienes infractores se vendieron, pero no necesariamente conllevan multas o confiscación.
Si se demuestra que el operador no sabe que está vendiendo bienes infractores, o no hay pruebas que demuestren que el operador está vendiendo bienes infractores, y el operador puede probar que los bienes fueron obtenidos legalmente por sí mismo y explicarle al proveedor, la autoridad encargada del caso tomará las siguientes medidas: Levantamiento Se requieren medidas obligatorias para ordenar al operador que deje de vender y, al mismo tiempo, realizar un seguimiento y supervisión del manejo de las mercancías por parte del operador después de que se levanten las medidas obligatorias si el proveedor de; los bienes infractores son locales, continuar investigando si el proveedor lo sabe, si son de otros lugares, notificar al proveedor Las autoridades industriales y comerciales locales informan al infractor y a la víctima que pueden solicitar un litigio previo; medidas de preservación de evidencia (propiedad), y el tribunal tomará medidas de sellado al tomar las medidas anteriores, dejará materiales escritos y hará que la otra parte firme y confirme, lo que puede evitar la responsabilidad penal por "fabricación indulgente", venta de productos falsificados y de calidad inferior; .
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