Cómo determinar la novedad de una patente
La novedad de una patente debe juzgarse según los siguientes principios: (1) Idéntica invención o modelo de utilidad.
El campo técnico, los problemas técnicos a resolver, las soluciones técnicas y los efectos esperados de la solicitud de patente de invención o modelo de utilidad bajo revisión son consistentes con la tecnología existente o cualquier unidad o individuo deberá presentar la solicitud a la Patente. Oficina antes de la fecha de solicitud y presentar la solicitud antes de la fecha de solicitud Si una invención o modelo de utilidad publicado o anunciado después de la fecha de presentación es sustancialmente el mismo, se considerará que es la misma invención o modelo de utilidad (en adelante, el mismo). solicitud publicada antes o después). Cabe señalar que al determinar la novedad, el examinador debe determinar primero si la solución técnica de la solicitud de patente bajo examen es sustancialmente la misma que la solución técnica del documento de referencia. Si la solución técnica definida en la solicitud de patente es sustancialmente la misma que la solución técnica divulgada en el documento de referencia, y los expertos en el campo técnico pueden determinar que se pueden aplicar al mismo campo técnico, resolver el mismo problema técnico, y tienen el mismo efecto esperado, se consideran la misma invención o modelo de utilidad.
(2) Comparación individual
Al juzgar la novedad, cada reivindicación de una invención o solicitud de patente de modelo de utilidad se comparará con cada reivindicación de una invención o modelo de utilidad publicada o anunciada con antelación. El contenido técnico relevante no se comparará con una combinación de varias tecnologías o invenciones o modelos de utilidad existentes anunciados o anunciados con antelación, ni se comparará con una combinación de múltiples soluciones técnicas en un documento comparativo. Es decir, el principio de comparación separada se aplica para determinar la novedad de una solicitud de patente de invención o modelo de utilidad. Esto es diferente del método para juzgar la inventiva de una invención o de una solicitud de patente de modelo de utilidad.
Criterios de examen de la novedad de una patente
La novedad de una invención o de un modelo de utilidad se juzgará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22, apartado 2, de la Ley de Patentes. Para ayudar a dominar este punto de referencia, a continuación se detallan varias situaciones comunes en los juicios de novedad.
1. Invenciones o modelos de utilidad con el mismo contenido
Si la invención o modelo de utilidad reivindicada es exactamente igual al contenido técnico divulgado en el documento de referencia, o es simplemente una simple invención. cambio de texto, la invención o el modelo de utilidad no posee novedad. Además, se debe entender que el mismo contenido mencionado anteriormente incluye contenido técnico que puede determinarse directamente a partir del documento de referencia sin lugar a dudas.
2. Conceptos específicos (nivel inferior) y conceptos generales (nivel superior)
Si la diferencia entre la invención o modelo de utilidad reivindicada y el documento de referencia es únicamente que el primero adopta el concepto de concepto general (nivel superior), y este último adopta un concepto específico (inferior) para definir características técnicas de la misma naturaleza, entonces la divulgación del concepto específico (inferior) causará que la invención o modelo de utilidad definido por el concepto general (superior) ) concepto para perder su novedad. Por el contrario, la divulgación del concepto general (superior) no afecta la novedad de la invención o modelo de utilidad definida por el concepto específico (inferior).
3. Medios habituales de sustitución directa
Si la diferencia entre la invención o modelo de utilidad reivindicada y el documento de referencia es únicamente una sustitución directa de los medios comúnmente utilizados en el ámbito técnico, el La invención o los modelos de utilidad no poseen novedad. Por ejemplo, el documento de referencia divulga un dispositivo fijado con tornillos. La invención o modelo de utilidad reivindicado sólo cambia el método de fijación con tornillos del dispositivo a un método de fijación con pernos, por lo que la invención o modelo de utilidad no posee novedad.
4. Valores numéricos y rangos numéricos
Si la invención o modelo de utilidad reivindicado tiene características técnicas definidas por valores numéricos o valores numéricos que cambian continuamente, como por ejemplo el tamaño de los componentes, temperatura, si la presión, contenido de ingredientes, etc., y demás características técnicas son las mismas que las del documento de referencia, el juicio de novedad se realizará de acuerdo con las siguientes disposiciones.
(1) Si el valor numérico o rango numérico divulgado en el documento de referencia cae dentro del rango numérico de las características técnicas definidas anteriormente, esto destruirá la novedad de la invención o modelo de utilidad reivindicado.
(2) El rango numérico divulgado en el documento de referencia se superpone parcialmente o tiene el mismo punto final con el rango numérico de las características técnicas definidas anteriormente, lo que destruirá la novedad de la invención o modelo de utilidad reivindicado.
(3) Comparando los dos extremos del rango numérico divulgado en el documento, tomando las características técnicas definidas anteriormente como valores discretos y cualquiera de los dos extremos destruirá la novedad de la invención o modelo de utilidad. , Sin embargo, tomar las características técnicas definidas anteriormente como cualquier valor entre ambos extremos no destruirá la novedad de la invención o modelo de utilidad.
(4) El valor numérico o rango numérico de las características técnicas anteriores se encuentra dentro del rango numérico divulgado en el documento de referencia, y no tiene punto final con el rango numérico divulgado en el documento de referencia. El documento de referencia no daña la invención reivindicada ni la novedad del modelo de utilidad.
5. Declaración de producto que contenga características como prestaciones, parámetros, usos o métodos de elaboración.
La revisión de novedades de las declaraciones de productos, incluidos el rendimiento, los parámetros, los usos y los métodos de preparación, debe realizarse de acuerdo con los siguientes principios.
(1) Afirmaciones de productos que contienen características de desempeño y parámetros
Para tales afirmaciones, se debe considerar si las características de desempeño y parámetros en la afirmación implican que el producto reclamado tiene cierta estructura. y/o composición.
Si las prestaciones y parámetros implican que el producto a proteger tiene una estructura y/o composición diferente al producto del documento de referencia, la reivindicación es novedosa, por el contrario, si un experto en la materia no puede distinguir el producto a proteger; protegido en función del desempeño y parámetros Si el producto se distingue del producto en el documento de referencia, se puede presumir que el producto reclamado es el mismo que el producto en el documento de referencia. Por lo tanto, la afirmación solicitada no posee novedad. a menos que el solicitante pueda demostrar, basándose en los documentos de solicitud o en la tecnología existente, que la afirmación tiene rendimiento y que el producto paramétrico difiere en estructura y/o composición del producto de referencia.
(2) Declaraciones de productos que contienen características de uso
Para tales afirmaciones, se debe considerar si las características del modelo de utilidad en las reivindicaciones implican que el producto reivindicado tiene una determinada estructura y /o ingredientes. Si el uso está determinado por las características inherentes del producto en sí, y las características de uso no significan que el producto haya cambiado en estructura y/o composición, la declaración del producto definida por las características de uso no es novedosa en relación con el producto en el documento de referencia.
(3) Declaraciones de productos que contienen características del método de preparación
Para tales afirmaciones, se debe considerar si el método de preparación da como resultado una determinada estructura y/o composición del producto. Si un experto en la materia puede concluir que el método inevitablemente provocará que el producto tenga una estructura y/o composición específica diferente del producto en el documento de referencia, la reivindicación tiene novedad, por el contrario, si el producto definido; en la reivindicación de esta solicitud es diferente del producto en el documento de referencia. El producto del documento de referencia es idéntico en estructura y composición, aunque el método es diferente, a menos que el solicitante pueda demostrar con base en los documentos de la solicitud o en la técnica anterior que el El método da como resultado que el producto sea diferente en estructura y/o composición del producto del documento de referencia, o el método Si el producto es diferente en rendimiento del producto en el documento de referencia, indicando así un cambio en su estructura y/o composición. , de lo contrario la afirmación no será novedosa.