Medidas Provisionales para la Gestión de Calderas y Recipientes a Presión de la Administración Nacional de Materiales de Construcción
Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Las calderas y recipientes a presión son equipos portadores de presión con riesgos de explosión que se utilizan ampliamente en la producción y la vida. Con el continuo desarrollo de la producción industrial de materiales de construcción, la demanda de calderas y recipientes a presión aumenta día a día. Para implementar el "Reglamento provisional sobre supervisión de seguridad de calderas y recipientes a presión" del Consejo de Estado, fortalecer la supervisión y gestión de calderas y recipientes a presión, garantizar un funcionamiento seguro, económico y razonable, proteger la vida de las personas y proteger la propiedad nacional contra pérdidas, estos Se formulan medidas. Artículo 2 Todas las autoridades de materiales de construcción y empresas e instituciones deben implementar estas medidas y seguir el "Reglamento de supervisión de seguridad de calderas de vapor", el "Reglamento de supervisión técnica de seguridad de calderas de agua caliente" y el "Reglamento de supervisión de seguridad de recipientes a presión" formulados por el Ministerio de Trabajo y Personal. ((en adelante, el Reglamento de Supervisión de Seguridad) y otras regulaciones relevantes, fortalecen la gestión. Capítulo 2 Organización de la gestión y división de responsabilidades Artículo 3 La Administración Nacional de Materiales de Construcción es responsable de la supervisión e inspección, el intercambio de experiencias y la capacitación técnica de calderas y recipientes a presión en sistemas de materiales de construcción. Artículo 4 Las autoridades de materiales de construcción de cada provincia, región autónoma y municipio directamente dependientes del Gobierno Central deberán asignar personal de tiempo completo para que sea responsable de la supervisión, inspección y gestión de las calderas y recipientes a presión de las empresas de materiales de construcción de la región, con prontitud. implementar los documentos emitidos por el Estado sobre calderas y recipientes a presión, y organizar las calderas y recipientes a presión del sistema. Intercambio de información y experiencias con recipientes. Artículo 5: Los líderes de todos los niveles y todos los empleados del sistema de materiales de construcción deben establecer firmemente las ideas de seguridad primero y prevención primero. El líder de la empresa a cargo de los equipos debe incluir la gestión de calderas y recipientes a presión en su agenda de trabajo, fortalecer la gestión y garantizar un funcionamiento seguro. Artículo 6: Cada empresa e institución debe contar con administradores de calderas y recipientes a presión, a tiempo completo o parcial, y éstos deben mantenerse relativamente estables. Artículo 7: Cada empresa e institución es responsable de la seguridad y la gestión técnica de sus propias calderas y recipientes a presión, y organiza inspecciones y evaluaciones técnicas periódicas. Artículo 8: Todas las empresas e instituciones deben aclarar el alcance de las responsabilidades de los departamentos de seguridad y equipamiento de sus propias unidades y formular reglas detalladas para recompensas y castigos de acuerdo con las regulaciones pertinentes de sus superiores. Capítulo 3 Diseño, fabricación, pedidos, ingeniería, construcción y aceptación Artículo 9 Diseño, fabricación, pedidos
(1) Las unidades que estén calificadas para realizar el diseño y la fabricación deberán cumplir con la "Supervisión provisional de seguridad" para calderas y recipientes a presión respectivamente, el artículo 4 del Capítulo 2 del Reglamento y el artículo 35 del Reglamento de Supervisión de Seguridad de Recipientes a Presión de la Administración Estatal del Trabajo.
(2) El diseño y fabricación de calderas y recipientes a presión deben llevarse a cabo de acuerdo con el "Reglamento de supervisión de seguridad" y los reglamentos, especificaciones y estándares compilados por el estado y los departamentos pertinentes.
(3) Las calderas y recipientes a presión solicitados por diversas empresas e instituciones deben ser productos de unidades de fabricación aprobadas por el departamento de trabajo.
(4) Al entregar y aceptar calderas y recipientes a presión (incluidos recipientes a presión para juegos completos de equipos), deben ir acompañados de dibujos y datos técnicos relevantes de acuerdo con los requisitos del "Reglamento de Supervisión de Seguridad". ", de lo contrario no serán aceptados.
(5) Los indicadores técnicos de todas las calderas y recipientes a presión (incluidos los recipientes a presión para juegos completos de equipos) importados del exterior deben cumplir con las normas estipuladas en el "Reglamento de Supervisión de Seguridad" de mi país; de lo contrario, deben obtener un certificado de consentimiento del departamento laboral local. Artículo 10 Construcción y aceptación del proyecto
(1) Las unidades con equipos profesionales responsables de la instalación y construcción de calderas y recipientes a presión deben solicitar la aprobación del departamento de trabajo local antes de realizar la instalación y el mantenimiento de calderas y recipientes a presión. tareas de construcción de embarcaciones.
(2) Las unidades que no cuenten con un equipo profesional de instalación y construcción deben confiar la construcción a un equipo profesional aprobado por el departamento laboral.
(3) Durante el proceso de instalación y construcción de calderas y recipientes a presión, los departamentos de seguridad y equipamiento deben participar en la supervisión e inspección.
(4) La aceptación de finalización de calderas y recipientes a presión debe cumplir con los requisitos del "Reglamento de Supervisión de Seguridad". Los departamentos de seguridad y equipos deben participar y entregar planos y datos técnicos relevantes de manera oportuna. . Capítulo 4 Uso y Gestión Artículo 11 Gestión Técnica
(1) Las unidades que utilizan calderas y recipientes a presión deben formular especificaciones técnicas, procedimientos operativos seguros y sistemas de responsabilidad laboral para mantenimiento, conservación y revisión.
(2) El usuario deberá establecer fichas técnicas completas de los equipos de calderas y recipientes a presión.
(3) El usuario no deberá cambiar arbitrariamente las condiciones del proceso del diseño original sin la aprobación del departamento competente y del departamento laboral local.
(4) La unidad de usuario debe realizar inspecciones periódicas de las calderas y recipientes a presión de acuerdo con los requisitos del "Reglamento de supervisión de seguridad" para eliminar peligros ocultos de manera oportuna y prevenir accidentes.
(5) Las calderas y recipientes a presión recién instalados, reubicados, reacondicionados o que han estado fuera de servicio durante más de un año deben ser inspeccionados por el departamento de trabajo antes de que puedan usarse.
(6) Según la normativa nacional, las calderas y recipientes a presión que hayan sido eliminados o desguazados después de la inspección y tasación nunca podrán ser reinstalados ni utilizados en otros lugares.
(7) Todas las unidades que utilicen calderas deberán controlar estrictamente los estándares de calidad del agua de acuerdo con lo establecido en el “Reglamento de Supervisión de Seguridad”. Las calderas de baja presión que funcionan normalmente deben implementar estrictamente los estándares nacionales de calidad del agua "GB1576 ~ 79" para realizar pruebas periódicas y mantener registros completos. Las calderas nuevas que se pongan en funcionamiento deberán contar con medidas confiables de tratamiento de la calidad del agua, de lo contrario no se permitirá su puesta en funcionamiento.
(8) Los defectos y peligros ocultos en calderas y recipientes a presión deben rectificarse dentro de un límite de tiempo. Para peligros ocultos importantes que pongan en peligro la seguridad, la operación debe detenerse inmediatamente y solucionarse.
(9) La eficiencia térmica y la eliminación de humos y polvo de las calderas recién instaladas, actualizadas o renovadas deben cumplir con los requisitos nacionales. No se instalarán ni utilizarán aquellas que sean inferiores a las normas prescritas.