¿Cuál es la edad de jubilación legal nacional?
La edad de jubilación legal en nuestro país es la siguiente:
1. La edad de jubilación legal nacional para los empleados de empresas es de 60 años para los hombres, de 50 años para las trabajadoras y de 50 años para las mujeres. 55 años para los cuadros femeninos;
2. Para quienes realizan trabajos subterráneos, a altas temperaturas, a gran altura, especialmente trabajos manuales pesados u otros trabajos nocivos para la salud, la edad de jubilación es de 55 años para los hombres y de 45 años. años para las mujeres;
3 . Para aquellas que están incapacitadas por enfermedad o no por motivos laborales, y están certificadas por el hospital y confirmadas por el Comité de Evaluación Laboral como si hubieran perdido completamente la capacidad para trabajar, la edad de jubilación es de 50 años para los hombres y de 45 años para las mujeres.
Cómo calcular las pensiones
El método de cálculo de las pensiones es el siguiente:
1 La pensión básica es igual al salario medio mensual de los empleados de la provincia. en el año anterior al momento de la jubilación más el salario promedio mensual de cotización indexado se divide por 2 multiplicado por los años de cotización del individuo multiplicado por 1;
La pensión de la cuenta personal es igual al monto. de ahorros de la cuenta personal al momento de la jubilación dividido por el número de meses correspondientes a la edad de jubilación del individuo. Si tienes certificado de hijo único, tu pensión total se incrementará en un 5%.
En resumen, el estado tiene regulaciones detalladas sobre la edad de jubilación para diferentes ocupaciones y diferentes puestos, no importa en qué situación se encuentre, puede jubilarse de acuerdo con las regulaciones pertinentes después de alcanzar los requisitos de edad. Por supuesto, si eres un profesional en una ocupación especial, puedes disfrutar de la jubilación anticipada, que también es una consideración especial para los trabajadores del país.
Base jurídica:
"Medidas Provisionales del Consejo Estatal sobre Jubilaciones y Cesiones de Trabajadores"
Artículo 1
Empresas y instituciones propiedad de todo el pueblo Los trabajadores de unidades, agencias del partido y del gobierno, y organizaciones de masas que cumplan una de las siguientes condiciones deben jubilarse.
(1) Hombres mayores de 60 años, mujeres mayores de 50 años, y que hayan trabajado ininterrumpidamente durante diez años.
(2) Los que se dediquen a labores clandestinas, altas; -altitud, alta temperatura o trabajos especialmente pesados. Para trabajos manuales u otros trabajos nocivos para la salud, los hombres deben tener más de cincuenta y cinco años y las mujeres deben tener más de cuarenta y cinco años y haber trabajado durante diez años consecutivos.
Esta disposición también se aplica a los cuadros de base cuyas condiciones laborales sean las mismas que las de los trabajadores;
(3) Los hombres deben tener más de cincuenta años, las mujeres deben tener más de cuarenta y cinco años de edad, y sus años de servicio continuo deben ser Diez años, certificado por el hospital y confirmado por el Comité de Evaluación Laboral, y pérdida total de la capacidad para trabajar;
(4) Incapacitado por causa del trabajo, certificado por el hospital, y confirmado por el Comité de Evaluación Laboral, se pierde por completo la capacidad para trabajar.