Solicitud de invalidación de marca

Por favor indique una marca específica.

Artículo 44 Si una marca registrada viola lo dispuesto en los artículos 10, 11 y 12 de esta Ley, o se registra por medios engañosos u otros medios desleales, la Oficina de Marcas declarará nula la marca registrada. ; otras unidades o individuos pueden solicitar a la Junta de Adjudicación y Revisión de Marcas que declare inválida la marca registrada.

Cuando la Oficina de Marcas decida declarar la nulidad de una marca registrada, deberá notificarlo por escrito a las partes interesadas. Si el interesado no está satisfecho con la decisión de la Oficina de Marcas, podrá solicitar revisión a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción de la notificación. La Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas tomará una decisión dentro de los nueve meses siguientes a la fecha de recepción de la solicitud y notificará a las partes por escrito. Si existen circunstancias especiales que requieran una prórroga, ésta podrá prorrogarse por tres meses con la aprobación del departamento de administración industrial y comercial del Consejo de Estado. Si la parte interesada no está satisfecha con la decisión de la Junta de Adjudicación y Revisión de Marcas, podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de la notificación.

Si otras unidades o personas solicitan a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas que declare inválida una marca registrada, la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas notificará a las partes pertinentes por escrito después de recibir la solicitud y presentará una defensa dentro de un tiempo. límite. La Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas, dentro de los nueve meses siguientes a la fecha de recepción de la solicitud, resolverá mantener la marca registrada o la declarará inválida, y notificará por escrito a las partes pertinentes. Si existen circunstancias especiales que requieran una prórroga, ésta podrá prorrogarse por tres meses con la aprobación del departamento de administración industrial y comercial del Consejo de Estado. Si la parte interesada no está satisfecha con el fallo de la Junta de Adjudicación y Revisión de Marcas, podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de la notificación. El tribunal popular notificará a la otra parte en el procedimiento de adjudicación de marcas para que participe en el litigio como tercero.

Artículo 45: Las marcas registradas violan los artículos 13, párrafo 2, párrafo 3, artículo 15, artículo 16, párrafo 1, artículo 30 y artículo 30 de esta Ley Artículo 1. Artículo 32: Dentro de los cinco años siguientes a la fecha del registro de la marca, el titular del derecho anterior o el interesado podrá solicitar a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas que declare inválida la marca registrada. Para el registro de mala fe, el titular de una marca notoriamente conocida no está sujeto al plazo de cinco años.

Después de recibir una solicitud para declarar inválida una marca registrada, la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas notificará por escrito a las partes pertinentes y presentará una defensa dentro de un plazo. La Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas, dentro de los 12 meses siguientes a la fecha de recepción de la solicitud, resolverá mantener la marca registrada o la declarará inválida, y notificará por escrito a las partes pertinentes. Si existen circunstancias especiales que requieran una prórroga, ésta podrá prorrogarse por seis meses con la aprobación del departamento de administración industrial y comercial del Consejo de Estado. Si la parte interesada no está satisfecha con el fallo de la Junta de Adjudicación y Revisión de Marcas, podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de la notificación. El tribunal popular notificará a la otra parte en el procedimiento de adjudicación de marcas para que participe en el litigio como tercero.

En el proceso de examen de una solicitud de nulidad de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, la determinación de los derechos anteriores involucrados deberá basarse en el resultado de otro caso en conocimiento del tribunal popular o en trámite. tramitado por la agencia administrativa, la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas podrá suspender la revisión. Una vez eliminados los motivos de la suspensión, se debe reanudar el proceso de revisión.