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¿Es mejor renunciar o dejar de trabajar en SDIC Xinji Mining Mine?

1. Existen tres situaciones en las que un particular propone renunciar:

1. El empleador se encuentra acogido al artículo 38 de la Ley de Contrato de Trabajo. Puede retirarse inmediatamente después de proponerlo por escrito. para dar por terminada la relación laboral no se requiere la aprobación del empleador, pudiendo exigirse al empleador el pago del resto de los salarios y compensaciones económicas (un mes de salario por cada año de trabajo) y pasar por los trámites de renuncia; > 2. De conformidad con la “Ley de Contrato de Trabajo” Artículo 37: Si presenta su renuncia por escrito con 30 días de anticipación, podrá irse sin la aprobación del empleador. Entre ellos, el período de prueba debe presentarse por escrito con 3 días de anticipación; el empleador está obligado a liquidar el salario y realizar los trámites de renuncia.

3. No has presentado tu renuncia con 30 días de anticipación y el empleador no está comprendido en el artículo 38 de la Ley de Contrato de Trabajo. Si presentas directamente tu carta de renuncia y te vas, estás infringiendo la ley. En este momento, será sancionado por el empleador. El empleador puede exigirle que asuma las pérdidas económicas directas causadas y los gastos incurridos al contratarlo.

2. Puede enviar por correo el aviso de terminación de la relación laboral del empleador (también conocido como carta de renuncia o informe de renuncia) por entrega urgente o correo certificado, para facilitar la retención de pruebas. Si el empleador no le paga los salarios ni maneja los procedimientos de renuncia por usted, puede solicitar un arbitraje laboral.

Tres formas que tiene un empleador de terminar la relación laboral con usted (o despedirlo o despedirlo) son las siguientes: siguiente: Si compara la situación con sus subordinados y ve cuál es la situación, si se le debe pagar una compensación financiera o una compensación pero no se le ha pagado, puede solicitar un arbitraje laboral dentro de un año para proteger sus derechos e intereses legítimos:

1. El empleador y usted Si usted termina la relación laboral sin ningún motivo y sin pagar ninguna compensación económica, no tiene culpa y no se dan las circunstancias previstas en el artículo 39 de la “Ley de Contrato de Trabajo”. Existe la conducta del empleador que se puede determinar como un despido ilegal según lo estipula el artículo 87 de la “Ley de Contrato de Trabajo”. En el caso de un contrato de trabajo, se le deberá pagar una indemnización, es decir, se le pagarán 2 meses de personal. salario, 2N, por cada año de trabajo

2. El empleador se ajusta a lo dispuesto en el artículo 19 del "Reglamento para la Aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo" si la relación laboral se termina con usted y cumple con lo dispuesto en el artículo 46 de la “Ley de Contrato de Trabajo”, se le deberá pagar una compensación económica, es decir, se le pagará un mes de salario por cada año de trabajo, N si cumple con el artículo 40 de; la “Ley de Contrato de Trabajo”, y si no se le avisa con un mes de antelación, deberá pagar un mes más de salario en lugar del preaviso, N 1

3. Si se encuentra comprendido en lo dispuesto en el artículo; 39 de la “Ley de Contrato de Trabajo”, el empleador si termina la relación laboral no necesita pagar ninguna compensación económica, ni necesita notificarlo con antelación, sin embargo, esto requiere que el empleador proporcione evidencia y le notifique; por escrito de la terminación de la relación laboral.