Red de conocimiento del abogados - Bufete de abogados - ¿Cuál es la relación entre las reivindicaciones independientes y dependientes de un documento de solicitud de patente en términos de novedad, inventiva y practicidad? 1. Según las disposiciones pertinentes de la Ley de Patentes, la novedad significa que la invención o modelo de utilidad no pertenece a la tecnología existente; ninguna unidad o individuo ha presentado una solicitud a la Oficina de Patentes para obtener la misma. invención o modelo de utilidad antes de la fecha de presentación de la solicitud, y registrados en documentos de solicitud de patente publicados después de la fecha de presentación (incluida la fecha de presentación) o documentos de patente publicados. En términos coloquiales, novedad significa que la solución técnica solicitada para patente es tal que el público no puede encontrar una segunda solución técnica idéntica. En términos generales, si un reclamo independiente tiene novedad y el reclamo dependiente limita aún más el reclamo independiente, entonces el reclamo dependiente tiene novedad bajo la premisa de que el reclamo independiente dependiente tiene novedad. Por otro lado, no necesariamente. Por ejemplo, una reivindicación generalmente contiene características técnicas del estado de la técnica, así como características técnicas que reflejan su novedad (características técnicas profesionalmente necesarias). Si la definición de la reivindicación independiente correspondiente en la reivindicación dependiente es sólo una característica técnica necesaria, entonces la reivindicación independiente correspondiente no posee novedad. 2. Según las disposiciones pertinentes de la Ley de Patentes, la creatividad de una invención o modelo de utilidad significa que la invención o modelo de utilidad tiene características sustantivas sobresalientes y un progreso significativo en comparación con la tecnología existente. Los no profesionales no necesitan profundizar en lo que significan “características sustantivas sobresalientes y avances significativos”. En el trabajo real, si no hay inventos novedosos o modelos de utilidad, no debe haber creatividad. La creatividad surge después de juzgar si una invención o modelo de utilidad tiene novedad. A la hora de juzgar la novedad, sólo se examinará la única solución técnica de la invención o del propio modelo de utilidad, si la misma solución técnica ha aparecido antes de la fecha de presentación. A la hora de juzgar la creatividad se debe considerar no sólo la solución técnica de la invención o modelo de utilidad en sí, sino también el campo técnico al que pertenece la invención o modelo de utilidad, los problemas técnicos resueltos y los efectos técnicos producidos, y la invención o modelo de utilidad. debe ser visto como un todo. Si una reivindicación independiente es inventiva, sus reivindicaciones dependientes también lo son. Lo contrario no es necesariamente cierto para el análisis de la novedad. 3. Según las disposiciones pertinentes de la Ley de Patentes, la practicidad significa que el objeto de la invención o de la solicitud de modelo de utilidad debe poder fabricarse o utilizarse en la industria y puede producir efectos positivos. De hecho, la practicidad requiere que la solución técnica incorporada en una invención o modelo de utilidad sea reutilizable y útil. Desde el concepto de practicidad, no existe una conexión necesaria entre la practicidad de las reivindicaciones independientes y sus reivindicaciones dependientes, es decir, hay tres posibilidades: 1. Tanto las reivindicaciones independientes como las dependientes son prácticas; 2. Las reivindicaciones independientes son prácticas y las reivindicaciones dependientes son prácticas; las reclamaciones dependientes son prácticas. Las reclamaciones independientes no son prácticas y las reclamaciones dependientes son prácticas.